Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. (01930/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión de un puesto de Profesor de Idiomas en la especialidad de Inglés correspondiente al desarrollo del programa trianual 2022-2025 de apoyo a la Universidad Popular
12 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Villafranca de los Barros

Anuncio 1930/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
Villafranca de los Barros (Badajoz)
Anuncio 1930/2024
Bases de la convocatoria para la provisión de un puesto de Profesor de Idiomas en la especialidad de Inglés
correspondiente al desarrollo del programa trianual 2022-2025 de apoyo a la Universidad Popular

Por el presente se pone en conocimiento del público en general que esta Alcaldía, mediante el decreto número 636/2024, de
19 de abril, y el decreto número 659/2024, de 23 de abril, de corrección de error material, ha resuelto aprobar las bases de
la convocatoria para la contratación temporal de un puesto de Profesor/a de Inglés para la Escuela Municipal de Idiomas,
correspondiente al desarrollo del programa trianual 2022-2025 de apoyo a la Universidad Popular del Excmo. Ayuntamiento
de Villafranca de los Barros, cuyo tenor literal se transcriben a continuación:
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE UN PUESTO DE PROFESOR DE IDIOMAS EN LA ESPECIALIDAD DE
INGLÉS PARA LA ESCUELA MUNICIPAL DE IDIOMAS, CORRESPONDIENTE AL DESARROLLO DEL PROGRAMA TRIANUAL
2022-2025 DE APOYO A LA UNIVERSIDAD POPULAR, DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VILLAFRANCA DE LOS BARROS
Primero.- Objeto de la convocatoria.
La presente convocatoria regirá el proceso selectivo, para la provisión temporal, mediante el sistema de concurso-oposición,
de una plaza (funcionario interino) de Profesor de Idiomas en la especialidad de Inglés, para la Escuela Municipal de Idiomas,
en desarrollo de su programa trianual 2022-2025, atendiendo a lo establecido en el artículo 10.c del Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que no podrá tener una
duración superior a 3 años, ampliable hasta 12 meses más por las leyes de función pública que se dicten en desarrollo de
este Estatuto, y recogido en la siguiente tabla:

Plaza

Grupo
profesional

Jornada parcial
anual (S/1.647 H)

Prestación de
servicios pactada
(€)

Sueldo bruto anual (12 nóminas)
(pagas extras prorrateadas)

1 Profesor/a de
Inglés

A2

1.000 horas
(60,72%)

17.102,28

Mayo 2024 al 31 julio 2025
aproximadamente.

La jornada parcial anual contratada, que se relaciona en la tabla anterior, se desarrollará condensada mediante la
prestación de servicios, en una distribución de horario semanal durante el período que dure cada curso académico, incluida
la parte proporcional de descansos y vacaciones determinados por Ley.
Las retribuciones y cotizaciones contempladas en el presupuesto municipal anual, serán regulares y constantes durante los
12 meses del año, incluyéndose el prorrateo de las pagas extraordinarias, al pactarse la parcialidad del contrato con carácter
anual.
A lo largo de los cursos académicos dentro del programa trianual 2022-2025, el número de horas semanales podrá variar de
acuerdo al informe emitido por la intervención municipal teniendo en cuenta el número de matrículas, a fin de adaptar el
número de horas lectivas del profesorado al de alumnos usuarios en cada una de las especialidades.
Corresponderá al titular de la plaza, objeto de la presente convocatoria, una vez adjudicados el puesto, el desempeño de las
funciones contempladas al desarrollo de las actividades del título exigido para el acceso a este puesto y las propias de
formación complementaria en idiomas.
En lo no previsto en las presentes bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, que
aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 13 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se
establecen las normas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los
funcionarios de la Administración Local, y el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado, Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función
Pública de Extremadura y demás normativa vigente que resulte de aplicación.
Segundo.- Requisitos de los aspirantes.
Para tomar parte en este procedimiento selectivo será necesario reunir las siguientes condiciones:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 12