Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. (01995/2024)
Bases de la convocatoria para la constitución de una bolsa de Educadores/as Sociales mediante el sistema de oposición libre
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Ayuntamiento de Badajoz

Anuncio 1995/2024

de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias
permanentes que han dado origen al grado de minusvalía reconocido, a efectos de que el
Tribunal Calificador pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación
solicitada. No obstante, el Tribunal Calificador podrá recabar informe y, en su caso,
colaboración de los órganos competentes de los Servicios Médicos del Ayuntamiento de
Badajoz.
La adaptación de tiempos consistirá en la concesión de un tiempo adicional para la realización
de los ejercicios, y se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la Orden
PRE-1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación
de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas
con discapacidad.
Una vez analizadas las necesidades específicas de cada una de las personas aspirantes, el
Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas, en aquellos casos en que resulte necesario,
de forma que las personas solicitantes de adaptaciones de tiempo y/o medios gocen de
similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de participantes.
2.2.- Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes,
pudiendo demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3
para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
2.3.- Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o
a petición de la persona interesada.
3.- Plazo de presentación de solicitudes:
3.1.- El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la
publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, estando toda la
información
disponible
en
la
página
web
https://www.aytobadajoz.es/es/ayto/convocatoriasempleo/personal-temporal.
3.2.- Finalizado el plazo de presentación de instancias, los datos consignados en la solicitud serán vinculantes
para la persona aspirante.
3.3.- El domicilio que figure en la solicitud se considerará el único válido a efectos de notificaciones.
4.- Derechos de examen:
4.1.- Los derechos de examen serán de 24,04 euros, que se abonarán siguiendo el procedimiento establecido
en el punto 2.1, indicando en el concepto "pruebas selectivas bolsa Educador/a Social".
4.2.- De acuerdo con lo establecido en los artículos 4 y 6 de la Ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Badajoz
reguladora de la tasa por derecho de examen en convocatorias para acceder a la función pública:
a) Estarán exentas del pago de la tasa las familias numerosas de categoría especial,
presentando fotocopia de la documentación acreditativa de la condición de familia numerosa.
b) Están bonificadas con el 50% de la cuota tributaria las familias numerosas de categoría
general, presentando fotocopia de la documentación acreditativa de la condición de familia
numerosa.
c) Estarán exentos/as del pago de la tasa los/as demandantes de empleo, que tendrán que
acreditar su condición mediante la presentación, conjuntamente, de los siguientes
documentos:
Fotocopia de la tarjeta de demandante de empleo vigente y debidamente sellada por el
servicio público de empleo correspondiente. En caso de que la persona interesada selle
la tarjeta por medios electrónicos, deberá aportar el justificante que acredite haberla
sellado por dichos medios.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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