Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calamonte. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01978/2024)
Bases para la provisión, como funcionario/a de carrera, mediante el sistema de concurso por movilidad, de una plaza de Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Calamonte, correspondiente a la oferta de empleo público de 2024
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Ayuntamiento de Calamonte

Anuncio 1978/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Calamonte
Calamonte (Badajoz)
Anuncio 1978/2024
Bases para la provisión, como funcionario/a de carrera, mediante el sistema de concurso por movilidad, de una plaza de
Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Calamonte, correspondiente a la oferta de empleo público de 2024

Bases para la provisión, como funcionario o funcionaria de carrera, mediante el sistema de concurso movilidad, de una plaza
(11FE) de Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Calamonte, correspondiente a la oferta pública de empleo 2024.
En el Diario Oficial de Extremadura número 13, del jueves, 18 de enero de 2024 se publica la oferta de empleo público 2024
del Ayuntamiento de Calamonte (Badajoz), con plazas en diferentes puestos y formas de provisión, todo ello una vez
acordada en la Mesa General de Negociación del 8 de enero de 2024.
Dentro de esta OPE, se incluye la provisión de una plaza vacante de Agente de la Policía Local de Calamonte (plaza 11 FE), a
través del sistema de provisión de concurso por movilidad.
«BASES DE LA CONVOCATORIA
Primera.- Normas generales.
1.1. Es objeto de esta convocatoria la provisión por movilidad, mediante concurso de méritos entre los miembros de los
Cuerpos de Policía Local de la Comunidad Autonómica de Extremadura, de la plaza de Agente del Cuerpo de Policía Local,
vacante en la plantilla del personal de este Ayuntamiento, correspondiente a la oferta de empleo público de 2024. Plaza
número 11FE.
1.2. El ingreso conllevará la adscripción al correspondiente puesto de trabajo de personal funcionario, con las características,
condiciones de dedicación específica, funciones, dependencias jerárquicas y restantes determinaciones que corresponden a
este puesto.
1.3. La plaza está dotada con las retribuciones básicas correspondientes al subgrupo C1, según el artículo 76 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, y el artículo 12.3 del Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban las normas-marcos de las
Policías Locales de Extremadura y sus niveles de retribuciones, así como las restantes retribuciones complementarias que
pudieran legalmente encontrarse asignadas al puesto que está adscrito, conforme a la vigente legislación y a lo que la
Corporación tengan acordado o pueda acordar.
1.4. Estará además sujeta a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidad de Personal al Servicio
de las Administraciones Públicas. Por tanto, no será compatible el ejercicio de las funciones de Agente con el desempeño de
ningún puesto o actividad del sector público, delimitado por el artículo 1 de la citada ley, ni actividad privada incompatible
sujeta al reconocimiento de compatibilidad.
1.5. Corresponderá al titular de la plaza objeto de la presente convocatoria, una vez provisto el puesto correspondiente, el
desempeño de las funciones contempladas para esta categoría en la legislación estatal y autonómica en general y, en
especial, las dispuestas en las normas-marcos de los policías locales de Extremadura.
1.6. Al presente concurso le será de aplicación, en lo no previsto en estas bases: El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico de Empleado Público, (BOE número 261, de
31 de octubre), Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de
los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado, Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías
Locales de Extremadura, (DOE número 150, de 4 de agosto), Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban las
Normas-Marco de los Policías Locales de Extremadura, (DOE número 199, de 15 de octubre), Orden de 14 de septiembre de
2004, por la que se aprueban los programas con los temas a los que han de ajustarse las bases de las convocatorias
realizadas por las Entidades Locales para el ingreso, promoción, movilidad en los Cuerpos de Policía Local y Auxiliares de la
Policía Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura, (DOE número 119, de 14 de octubre), Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. (BOE número 294, de 6 de diciembre),
Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las
Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único.
Y demás normativa vigente que resulte de aplicación en el momento de la convocatoria.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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