Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01806/2024)
Bases reguladoras de la concesión de ayudas económicas, destinadas a la recuperación de locales comerciales vacíos durante el año 2024
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

Anuncio 1806/2024

para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo en
virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de mujeres y hombres.
Cuarta. Exclusiones.
Estarán excluidas de las ayudas reguladas en las presentes bases:
1. Las personas en quienes concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley General
de Subvenciones.
2. Cuando exista una vinculación patrimonial, societaria o familiar, por afinidad o consanguinidad, hasta el
segundo grado, entre el arrendador y el arrendatario, o entre los socios en caso de personas jurídicas o
entidades sin personalidad jurídica.
3. Las empresas que no tengan la consideración de pymes, conforme al anexo I del Reglamento (UE) número
651/2014, de la Comisión, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas
compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del tratado.
4. Las entidades financieras y salas de juegos.
5. Los cambios de titularidad de la licencia de actividad o declaración responsable de inicio de actividad en los
supuestos de modificación de la denominación fiscal o forma jurídica de la empresa.
6. Los supuestos de traspaso o cambio de titularidad de la licencia de actividad o declaración responsable de
inicio de actividad.
7. Los supuestos de traslado de una actividad comercial o empresarial ya instalada en el municipio de
Villanueva de la Serena.
Quinta. Cuantía.
La cuantía de las ayudas dependerá del importe del alquiler del local, otorgándose una ayuda máxima de mil (1.000,00)
euros a quien, cumpliendo con los requisitos establecidos en las presentes bases, alquile un local de la bolsa de locales
comerciales por una renta igual o superior a 800,00 euros al mes. En el caso de que la renta mensual sea inferior, la ayuda
será proporcional al importe del alquiler.
Sexta. Crédito presupuestario.
La asignación presupuestaria será de quince mil (15.000,00) euros, con cargo a la partida 19/439/47902 del vigente
presupuesto.
Séptima. Solicitudes y tramitación.
El procedimiento para la concesión de estas ayudas se iniciará mediante solicitud del interesado, formulada conforme al
modelo que será facilitado por la Concejalía de Comercio y Desarrollo Económico y que podrá obtenerse asimismo en la
web municipal.
Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, junto con la documentación especificada en las presentes bases, se
presentarán en el registro municipal del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, o por cualquiera de los medios señalados
en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Con la solicitud deberán acompañarse los siguientes documentos:
1. NIF, NIE o CIF de la empresa.
2. Documento acreditativo de alta como autónomo o de la actividad, según la forma jurídica que corresponda.
3. Declaración responsable de que el solicitante no está incurso en ninguna de las circunstancias que impiden
obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley General
de Subvenciones.
4. Copia del contrato de alquiler del local.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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