Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (01843/2024)
Bases específicas con convocatoria reguladora de la concesión de subvenciones destinadas a localidades de la provincia de Badajoz para la realización del Programa de Teatro Profesional "D rule: Artistas en el Territorio", para el año 2024
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Delegación de Cultura, Deportes y Juventud

Anuncio 1843/2024

Anexo VI. Solicitud de abono de la subvención e
indicadores de resultado y actividad.
Anexo VII. Ficha de evaluación del programa por parte del
responsable del espacio escénico.
Anexo VIII. Certificación del Secretario/SecretarioInterventor de la Entidad, con el V.º B.º del Alcalde, en la
que se haga constar que se ha realizado la actividad, que
se ha efectuado el pago efectivo de la factura, la fecha en la
que se realizó dicho pago y que no se dispone de ninguna
otra subvención destinada a dicha actividad que sumada a
la de Diputación de Badajoz, exceda del importe total de la
misma.
Copia de la factura abonada al artista/grupo.
c.3.- La Intervención Provincial, podrá realizar mediante técnicas
de muestreo, el control financiero de las subvenciones otorgadas,
en los términos y condiciones a las que se refiere el Título III de la
Ley de Subvenciones, y del resultado del mismo podrá derivarse la
apertura de expedientes de reintegro, en su caso.
d) Prórroga de la Justificación.
Si por alguna circunstancia excepcional, no pudiera acreditarse a tiempo la
justificación, el beneficiario deberá solicitar una autorización de prórroga, en la
que se motiven y acrediten las circunstancias ante el órgano concedente de la
subvención. La Diputación podrá conceder una ampliación del plazo de
justificación que no excederá de la mitad del plazo para presentar la justificación
(15 días) si lo considera conveniente para el interés público y no se perjudican
derechos de tercero, y siempre que esta solicitud de prórroga se formule antes
de las fechas indicadas para la finalización de la justificación. Su concesión no
implica en absoluto la ampliación del plazo de ejecución.
e) Requerimiento de justificación.
Transcurrido el plazo de justificación, sin haberse presentado la misma o
habiéndose presentado sea susceptible de subsanación, el órgano
administrativo competente requerirá al beneficiario para que en el plazo
improrrogable de 15 días sea presentada la documentación preceptiva,
advirtiéndole que, una vez transcurrido dicho plazo sin que se haya aportado la
documentación o practicado la referida subsanación, se le tendrá por denegada
la subvención concedida.

13.- Indicadores de resultado y de actividad.
Se considerarán los siguientes indicadores de resultado y actividad que deberán incluirse en la
tabla que se incorpora al anexo VI de solicitud de abono de la subvención:
Localidades beneficiadas por el área de influencia del proyecto realizado.
Número de beneficiarios del proyecto, clasificados por sexo y edad.
Grado de cumplimiento de los objetivos específicos del proyecto.
14. Publicidad e interpretación.
1.- Las presentes bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, por
conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la Web de la Diputación Provincial
de Badajoz, en la dirección: http://www.dip-badajoz.es/bop/index.php , para general
conocimiento de los interesados.
2.- La concurrencia al proceso de selección implicará la manifestación tácita de consentimiento
inequívoco al tratamiento de datos de carácter personal y a su publicación, todo ello de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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