Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (01840/2024)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la prestación patrimonial de carácter no tributario por la prestación de los servicios de centro residencial mixto y centro de día
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Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre

Anuncio 1840/2024

aprueba el Reglamente General de Recaudación.
Artículo 6.- Exenciones, bonificaciones y reducciones.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del TRLRHL no se concederá ninguna exención o bonificación general
respecto a los servicios que se refiere esta Ordenanza, salvo los que sean consecuencia de los establecidos en los tratados o
acuerdos internacionales o los expresamente previstos en normas con rango de Ley; así como los derivados de los
convenios que este Ayuntamiento firme con el Gobierno de Extremadura para el mantenimiento de plazas de residentes
válidos y dependiente en el centro residencial y centro de día y las ya recogidas en el artículo 3 de esta Ordenanza.
Disposición derogatoria única.
Se entenderán derogadas todas las disposiciones generales o de gestión anteriores que contravengan lo dispuesto en esta
Ordenanza.
Disposición final.
La presente Ordenanza entrará en vigor el día de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y
comenzará a aplicarse a partir del día siguiente de su publicación, permaneciendo en vigor hasta su modificación o
derogación expresa."
Villagarcía de la Torre, a fecha de la firma digital.- El Alcalde.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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