Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Olivenza. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (01828/2024)
Aprobación definitiva de modificación de varias ordenanzas fiscales
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Ayuntamiento de Olivenza

Anuncio 1828/2024

para ello, declinando el Ayuntamiento cualquier responsabilidad de los hechos o accidentes que pudieran
originarse.
Artículo 9.º.- Infracciones y sanciones.
En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como de las sanciones que a las mismas correspondan, en
cada caso, se estará a lo dispuesto en el Titulo IV, artículos 178 y siguientes de la Ley General Tributaria.
Disposición transitoria: La tasa de la escuela municipal multideporte infantil se mantendrá en 5,00 € hasta el fin del curso
2023/2024, siendo exigibles los 10,00 euros mensuales desde el inicio del curso 2024/2025 en adelante.
Disposición final.
La presente Ordenanza fiscal permanecerá en vigor hasta tanto no se acuerde su modificación o derogación expresas.
Olivenza, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Manuel José González Andrade.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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