Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zurbarán. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (01815/2024)
Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de la residencia de mayores y centro de día
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Ayuntamiento de Zurbarán

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Se entenderá que renuncian a la prestación del servicio aquellas personas que incumplan lo previsto en la presente
Ordenanza y en el reglamento de régimen interior, utilizándose en todo caso los procedimientos establecidos en el mismo,
sin perjuicio de que las cantidades adeudadas serán requeridas mediante el procedimiento de apremio.
Artículo 10.º.- Infracciones y sanciones.
En todo lo referente a infracciones y sanciones, será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en
concreto los artículos 183 y siguientes, y las disposiciones que la desarrollen.
Las deudas por la tasa reguladora en esta Ordenanza podrán exigirse por el procedimiento administrativo de apremio, sin
perjuicio de las sanciones que puedan imponerse.
Artículo 11.º.- Condiciones de pago.
Las condiciones de pago y las normas mínimas de régimen interior del centro donde se prestaran los servicios objeto de
esta Ordenanza se harán constar a cada beneficiario en un contrato en el que se especificará el importe de la tasa y las
fechas de ingreso del mismo.
Disposición adicional única. Modificaciones de la tasa.
Las modificaciones que se introduzcan en la regulación de la tasa, por las Leyes de Presupuestos Generales del Estado o por
cualesquiera otras leyes o disposiciones, y que resulten de aplicación directa, producirán, en su caso, la correspondiente
modificación tácita de la presente Ordenanza fiscal».
Contra el presente acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
Zurbarán, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Víctor Manuel Jiménez Sánchez.

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