Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01771/2024)
Aprobación del Plan estratégico de subvenciones para el ejercicio 2024
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

Anuncio 1771/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
Villanueva de la Serena (Badajoz)
Anuncio 1771/2024
Aprobación del Plan estratégico de subvenciones para el ejercicio 2024

De conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Pleno
de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 20 de marzo de 2024, ha aprobado el siguiente Plan estratégico de
subvenciones para el ejercicio de 2024:
1. Introducción.
La exposición de motivos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, expone que una parte
importante de la actividad financiera del sector público se canaliza a través de subvenciones, con el objeto de dar respuesta,
con medidas de apoyo financiero, a demandas sociales y económicas de personas y entidades públicas o privadas.
Asimismo, expone la citada exposición de motivos que, desde la perspectiva económica, las subvenciones son una
modalidad importante de gasto público y, por tanto, deben ajustarse a las directrices de la política presupuestaria,
actualmente orientada por los criterios de estabilidad presupuestaria y crecimiento económico, austeridad y regla de gasto.
A ello, podríamos añadir que también constituyen una importante fuente de ingresos de las administraciones públicas,
permitiéndoles abordar actuaciones en materia de gasto social, cultura, infraestructuras, etc.
Pero si la disciplina presupuestaria es uno de los principios que debe orientar una política de subvenciones, también lo es el
de transparencia, que se recoge en la normativa de estabilidad presupuestaria, y el artículo 8 de la Ley 19/2013, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Con este fin, las administraciones públicas deben hacer públicas las subvenciones que concedan y contribuir a formar una
base de datos de ámbito nacional que contenga información relevante sobre todas las subvenciones concedidas. Esta mayor
transparencia redunda de forma directa en un incremento de los niveles de eficiencia, eficacia y control en la gestión del
gasto público subvencional.
Desde la perspectiva administrativa, las subvenciones son una técnica de fomento de determinados comportamientos
considerados de interés general e incluso un procedimiento de colaboración entre la administración pública y los
particulares para la gestión de actividades de interés público. Por ello, existe una gran diversidad de subvenciones de
distinta naturaleza, que se conceden mediante procedimientos complejos, y que, por tanto, deben ser objeto de un
seguimiento y control eficaces.
Los recursos económicos destinados a las subvenciones en España han ido creciendo paulatinamente en los últimos años
en los presupuestos de las distintas administraciones públicas, y en el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, por
ejemplo, para el ejercicio presupuestario de 2024, suponen un 4,03% de los gastos consolidados.
La Ley 38/2003 establece en su artículo 8 la obligación de las administraciones públicas que vayan a establecer subvenciones
de disponer, con carácter previo, de un Plan estratégico de subvenciones, que deberá concretar los objetivos y efectos que
se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación,
supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
Además, la Ley plantea un sistema de seguimiento a través del control y evaluación de objetivos, que debe permitir que
aquellas líneas de subvenciones que no alcancen el nivel de consecución de objetivos deseado o que no resulte adecuado al
nivel de recursos invertidos puedan ser modificadas o sustituidas por otras más eficaces y eficientes o, en su caso,
eliminadas.
Se configura así el Plan estratégico como el complemento necesario para articular la concesión de subvenciones, con
respecto a los principios de transparencia y equilibrio presupuestario.
2. Naturaleza jurídica, ámbito subjetivo y vigencia del Plan.
2.1. Naturaleza jurídica.
El Plan estratégico de subvenciones es un instrumento de gestión de carácter programático y cuya aprobación
no genera derechos ni obligaciones para el Ayuntamiento.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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