Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01771/2024)
Aprobación del Plan estratégico de subvenciones para el ejercicio 2024
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

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Seguridad Social.
h) El crédito oficial, salvo en los supuestos en que la
Administración Pública subvencione al prestatario la totalidad o
parte de los intereses u otras contraprestaciones de la operación
de crédito.

2. Las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena se regirán por la
normativa siguiente:
- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
de la Ley General de Subvenciones.
- La Ordenanza general municipal de subvenciones.
El expediente deberá tramitarse íntegramente por la plataforma digital.
Con carácter previo a la concesión de cualquier subvención deberá constar en el expediente
que el solicitante se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias estatal o
autonómica, o frente a la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes; hallarse al
corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, y certificado expedido por
la tesorería municipal de que el solicitante no es deudor por ningún concepto a la tesorería
municipal.
3. En virtud del artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los
procedimientos para llevar a cabo la concesión de subvenciones son:

- Procedimiento de concurrencia competitiva.
- Procedimiento de concesión directa.
- Otros tipos de procedimientos establecidos por el Ayuntamiento.
3.1. La normativa que rige con carácter básico el procedimiento de concurrencia
competitiva de concesión de subvenciones son los artículos 23 a 27 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y los artículos 58 a 64
del Reglamento 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de
la Ley General de Subvenciones.
La resolución que apruebe la convocatoria de subvenciones mediante el
procedimiento de concurrencia competitiva deberá fijar los criterios objetivos de
su otorgamiento, que serán elegidos por el Ayuntamiento.
El procedimiento para la concesión de subvenciones se inicia siempre de oficio.
La iniciación de oficio se realizará siempre mediante convocatoria que tendrá,
conforme al artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, necesariamente el siguiente contenido:
a) Indicación de la disposición que establezca, en su caso, las
bases reguladoras y del diario oficial en que está publicada, salvo
que en atención a su especificidad estas se incluyan en la propia
convocatoria.
b) Créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención y
cuantía total máxima de las subvenciones convocadas dentro de
los créditos disponibles o, en su defecto, cuantía estimada de las
subvenciones.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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