Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera la Real. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01752/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento sobre la utilización, justificación y transparencia de las asignaciones económicas a los grupos políticos del Ayuntamiento de Higuera la Real
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Ayuntamiento de Higuera la Real

Anuncio 1752/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Higuera la Real
Higuera la Real (Badajoz)
Anuncio 1752/2024
Aprobación definitiva del Reglamento sobre la utilización, justificación y transparencia de las asignaciones económicas a los
grupos políticos del Ayuntamiento de Higuera la Real

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL REGLAMENTO SOBRE LA UTILIZACIÓN, JUSTIFICACIÓN Y TRANSPARENCIA DE LAS
ASIGNACIONES ECONÓMICAS A LOS GRUPOS POLÍTICOS DEL AYUNTAMIENTO DE HIGUERA LA REAL
Expediente: 352/2023
No habiéndose presentado reclamaciones contra el acuerdo de este Ayuntamiento Pleno de 27 de septiembre de 2023, de
aprobación inicial del Reglamento sobre la utilización, justificación y transparencia de las asignaciones económicas a los
grupos políticos del Ayuntamiento de Higuera la Real, que fue expuesto al público mediante edicto publicado en el Boletín
Oficial de la Provincia de 28 de febrero de 2024, se considera automáticamente elevado a definitivo dicho acuerdo inicial,
publicándose a continuación el texto íntegro del mencionado Reglamento en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo
70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Contra la aprobación definitiva de esta norma local podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
REGLAMENTO SOBRE LA UTILIZACIÓN, JUSTIFICACIÓN Y TRANSPARENCIA DE LAS ASIGNACIONES ECONÓMICAS A LOS
GRUPOS POLÍTICOS DEL AYUNTAMIENTO DE HIGUERA LA REAL
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El artículo 73.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local establece que la Corporación, con
cargo a los presupuestos anuales de la misma, podrá asignar a los grupos políticos una dotación económica que deberá
contar con un componente fijo, idéntico para todos los grupos, y otro variable, en función del número de personas que
integran cada uno de ellos, dentro de los límites que, en su caso, se establezcan con carácter general en las Leyes de
Presupuestos del Estado y sin que puedan destinarse al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo al servicio de
la corporación o a la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial.
Las asignaciones a los grupos políticos tienen carácter finalista, en cuanto que han de destinarse a financiar los gastos
acometidos por el propio grupo político en el ejercicio de su actuación corporativa.
Considerando que la normativa general de aplicación no desarrolla suficientemente el régimen del destino de los fondos y
su justificación y atendiendo además a la doctrina del Tribunal de cuentas en cuanto al régimen de justificación de las
asignaciones, resulta imprescindible acometer una regulación propia del Ayuntamiento de Higuera la Real, tanto para
reforzar la transparencia en la gestión de fondos públicos y la rendición de cuentas, como ejes del gobierno abierto, como
para prevenir las eventuales responsabilidades en que pudieran incurrir las personas que integran los grupos políticos
municipales.
De acuerdo con las consideraciones anteriores y en aras de una mayor transparencia y seguridad jurídica, se considera
necesario que por el Pleno del Ayuntamiento de Higuera la Real se apruebe una norma local sobre el destino, justificación y
transparencia de las asignaciones a los grupos políticos municipales, delimitando lo que se consideran actuaciones propias
de los grupos en el ejercicio de su actuación corporativa y estableciendo los procedimientos adecuados para su justificación,
así como las obligaciones en materia de publicidad.
Artículo 1. Dotación económica de los grupos políticos municipales.
Las asignaciones a los grupos políticos municipales constituidos en el seno de la Corporación de Higuera la Real serán
aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento, bien mediante acuerdo expreso o a través de las bases de ejecución del
presupuesto anual, debiendo en uno y otro caso ser objeto de publicación específica en el Boletín Oficial de la Provincia y en
el portal de transparencia.
Artículo 2. Obligaciones de los grupos políticos municipales.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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