Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zurbarán. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01744/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interior del funcionamiento del centro residencial de mayores de Zurbarán
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Ayuntamiento de Zurbarán

Anuncio 1744/2024

municipio durante un período mínimo de cinco años.
II).- Personas naturales de Zurbarán y que residan en el mismo.
III).- Personas nacidas en Zurbarán, pero no inscritas en el padrón de habitantes en el
momento de la solicitud.
IV).- Para todos los casos anteriores, y en el orden de preferencia recogido, se tendrá en cuenta
como criterio preferente aquellos ingresos por reagrupación familiar.
V).- Fecha de la solicitud teniendo prioridad la fecha anterior sobre la posterior.
En cuanto a las plazas de personas dependientes (a excepción de las plazas reservadas por la administración
autonómica) serían prioritarias las solicitudes por orden de entrada, atendiendo a la fecha anterior sobre la
posterior.
3.- Documentación necesaria.
I.- Para las plazas de autónomos:
- Solicitud de ingreso según modelo establecido.
- Fotocopia del documento nacional de identidad.
- Informe médico normalizado en el que se especifique si el solicitante padece
enfermedad infecto-contagiosa y/o enfermedad mental, así como de su estado
de salud y capacidad general. En caso de que por parte del centro se observe
que la capacidad funcional del residente no se adapta a los parámetros descritos
en el informe médico, el residente de nuevo ingreso será sometido a revisión
médica por parte del centro, sin coste para aquel, y que prevalecerá sobre el
primer informe.
- Declaración de la renta o documentos que justifiquen los ingresos del
solicitante.
- Documento que acredite las pensiones o prestaciones por la Seguridad Social,
incluidas las pensiones extranjeras.
- Documento acreditativo del grado de dependencia o, en su defecto, declaración
responsable del estado en que se encuentra con respecto a dicha valoración.
- Declaración responsable de asumir la obligación de comunicar a los Servicios
Sociales de Base, una vez adquirida la condición de residente, cualquier variación
producida y relativa a su situación de dependencia, en el caso de ser reconocida
como persona dependiente en cualquiera de sus grados.
- Autorización para que, en el caso de generar la situación de autónomo en
condición de persona asistida y no haber realizado solicitud de reconocimiento
de la situación de dependencia, se realicen las acciones oportunas para poder
ser trasladado a plaza de persona dependiente, aun siendo en un centro distinto
al centro residencial mixto de Zurbarán, y siempre que sus familiares no se
hagan cargo del residente.
- Declaración responsable de entrar voluntariamente en el centro.
- Declaración jurada de no haber sido expulsado de ningún otro centro de
similares características.
- Certificado de convivencia expedido por el Ayuntamiento.
- Certificado de discapacidad emitido por el CADEX, si procede.
- Sentencia judicial en caso de incapacitación judicial. En el supuesto de que el
solicitante tenga guardador de hecho, modelo de declaración al respecto.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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