Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01724/2024)
Reglamento de funcionamiento del Consejo Local de Personas Mayores de Don Benito
11 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Don Benito

Anuncio 1724/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Don Benito
Don Benito (Badajoz)
Anuncio 1724/2024
Reglamento de funcionamiento del Consejo Local de Personas Mayores de Don Benito

Reglamento de funcionamiento del Consejo Local de Personas Mayores de Don Benito aprobado por el Pleno de 29-1-2024.
CREACIÓN DEL CONSEJO SECTORIAL DE PERSONAS MAYORES DE LA CIUDAD DE DON BENITO
PREÁMBULO:
De conformidad con lo establecido en el artículo 9.2 de la vigente Constitución española, corresponde a los poderes públicos
promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y
efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en
la vida política, económica, cultural y social.
Las personas mayores cada vez tienen más protagonismo en la dinámica social, económica y cultural de nuestras
localidades, siendo actualmente un colectivo activo, representantes de compromiso y responsabilidad. Es por ello que surge
la necesidad de canalizar ese papel activo a través de un instrumento de participación institucional como es el Consejo
Sectorial de Personas Mayores.
La creación de este mecanismo de participación es un referente de las políticas sociales que buscan cohesión social y la
mejora de la calidad de vida de las personas; además de hacerles protagonistas y agentes en el desarrollo local al igual que
ofrecerles una herramienta de expresión y actuación.
El presente Reglamento contiene la regulación del funcionamiento del Consejo Sectorial de Personas Mayores de Don Benito
y sus ELM y pedanía.
El Consejo Sectorial se adscribe a la Concejalía de Políticas Sociales, Familias e Igualdad.
CAPÍTULO I.- NATURALEZA, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO TERRITORIAL.
Artículo 1.- Objetivos.
El Consejo de Personas Mayores de Ayuntamiento de Don Benito, se propone como objetivos y fines los siguientes:
1. Impulsar la participación de las personas mayores en el desarrollo político, social, económico y cultural del
municipio.
2. Fomentar el desarrollo del asociacionismo entre las personas mayores.
3. Facilitar la colaboración entre los distintos colectivos que lo forman.
4. Fomentar entre las personas mayores el desarrollo del espíritu democrático, así como la promoción de
nuestra cultura, historia y tradiciones.
5. Canalizar la participación de las personas mayores en los asuntos municipales que les afecten, mediante
informes y propuestas, así como a través de asesoramiento, estudio y consulta.
Artículo 2.- Régimen jurídico.
1. El Consejo Local de Personas Mayores es el órgano máximo de participación, consulta, información y asesoramiento de
las entidades y asociaciones de ámbito local relacionadas con las personas mayores, al amparo de lo previsto en el artículo
9.2 de la Constitución española, el artículo 42 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de
Asociación; el artículo 69 de la Ley 7/1985, de 2 de abril reguladora de las Bases del Régimen Local y Ley 14/2015, 9 de abril,
de Servicios Sociales de Extremadura. En su artículo 5 establece los principios rectores del sistema público de servicios
sociales destacando entre ellos los referidos a la prevención y dimensión comunitaria, a la coordinación y cooperación, a la
participación ciudadana y promoción del voluntariado social y a la solidaridad.
2. El Consejo Local de Personas Mayores se configura como Consejo sectorial de asociaciones de personas mayores de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 11