Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01697/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento regulador del sistema interno de información
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Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre
Villagarcía de la Torre (Badajoz)
Anuncio 1697/2024
Aprobación definitiva del Reglamento regulador del sistema interno de información

APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio del Reglamento Regulador del Sistema Interno de Información, cuyo texto
íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
«REGLAMENTO REGULADOR DEL SISTEMA INTERNO DE INFORMACIÓN
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Las determinaciones de la Directiva (UE) 2019/1937, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, se
incorporan al Derecho Español con la aprobación de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las
personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
La citada directiva regula aspectos mínimos que han de satisfacer los distintos cauces de información a través de las cuales
una persona física, que sea conocedora en un contexto laboral de una infracción del Derecho de la Unión Europea, pueda
dar a conocer la existencia de la misma.
El artículo 13.1 a) de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre
infracciones normativa y de lucha contra la corrupción, obliga a todas las entidades que integran el sector público a disponer
de un sistema interno de información.
Artículo 1.- Finalidad del procedimiento.
El presente Reglamento tiene como finalidad establecer el procedimiento aplicable a las denuncias e informaciones que se
presenten al amparo de la legislación sobre protección del informante y lucha contra la corrupción en el Ayuntamiento de
Villagarcía de la Torre.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación.
Este Reglamento se aplicará a aquellas informaciones o denuncias que se produzcan dentro del marco de la Ley 2/2023, de
20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la
corrupción.
Artículo 3.-Responsable del sistema interno de información.
El responsable del sistema interno de información será designado por la Alcaldía, conforme a lo dispuesto en el artículo 34.1
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y artículo 8 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero,
reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
Artículo 4.- Procedimiento de gestión de informaciones.
1. El proceso de gestión de informaciones se inicia con la recepción de la denuncia y finaliza con la resolución
de la denuncia y la aplicación de las medidas que resulten pertinentes en cada caso.
2. Las denuncias deberán presentarse, por cualquiera de las formas previstas en el artículo 7.2 de la Ley
2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones
normativas y de lucha contra la corrupción, a través del Canal Interno de Información ubicado en la sede
electrónica del Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre, en la siguiente dirección: [Dirección:
https://villagarciadelatorre.es].
Las denuncias deberán contener los siguientes elementos:
Identidad del denunciante: Nombre, apellidos y medio de contacto ya sea a través de correo electrónico.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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