Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01634/2024)
Aprobación inicial del Reglamento regulador del Teletrabajo
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre

Anuncio 1634/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Fuente del Maestre
Fuente del Maestre (Badajoz)
Anuncio 1634/2024
Aprobación inicial del Reglamento regulador del Teletrabajo

ACUERDO DEL PLENO DE FECHA 12 DE ABRIL DE 2024 DEL AYUNTAMIENTO DE FUENTE DEL MAESTRE, POR EL QUE SE
APRUEBA INICIALMENTE EXPEDIENTE DE APROBACIÓN DEL REGLAMENTO REGULADOR DEL TELETRABAJO DEL
AYUNTAMIENTO DE FUENTE DEL MAESTRE (BADAJOZ)
Aprobado inicialmente el Reglamento regulador del Teletrabajo del Ayuntamiento de Fuente del Maestre, por acuerdo del
Pleno en sesión ordinaria de fecha 12 de abril de 2024, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del Texto Refundido de Régimen Local, se somete a información
pública por el plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la
Provincia para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen
las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este
Ayuntamiento [http://fuentedelmaestre.sedelectronica.es].
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de
aprobación de la mencionado Reglamento.
REGLAMENTO REGULADOR DEL TELETRABAJO EN EL AYUNTAMIENTO DE FUENTE DEL MAESTRE
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En estos últimos años el teletrabajo se ha ido incorporando progresivamente tanto en empresas españolas como en algunas
administraciones autonómicas y locales como un medio para modernizar la organización del trabajo para las empresas y
organizaciones de servicios públicos y privados. Este sistema de trabajo lo encontramos ya en algunos convenios colectivos,
planes de igualdad y pactos individuales suscritos entre empresas y trabajadores/as.
Sin perjuicio de las diferentes fórmulas de teletrabajo que se puedan emplear, con carácter general, el teletrabajo consiste
en la realización habitual de la actividad laboral a distancia en un lugar distinto al acostumbrado en la empresa. Se configura
como una herramienta flexible y moderna de organización del trabajo basado en las múltiples prestaciones que ofrecen las
tecnologías de la información y la comunicación.
El establecimiento de un modelo de teletrabajo va unido a la gestión del cambio, a la transformación tecnológica y digital y al
proceso de modernización en que se encuentra inmerso hoy día gran parte del Sector Público. El teletrabajo se encuentra
dentro de este cambio organizativo de la gestión de los procesos de las administraciones públicas y de los efectivos de
personal. Es una medida de racionalización y, en consecuencia, de modernización de la gestión del tiempo de trabajo que,
basada en las citadas tecnologías de la información, posibilita la prestación de un servicio público sin que la calidad del
mismo se vea afectada.
La implantación del teletrabajo en una organización puede reportar importantes beneficios en la satisfacción laboral,
productividad y orientación a resultados, en la eficiencia y en el ahorro del tiempo y de gastos de distinta naturaleza y en el
desarrollo sostenible, que, en definitiva, suponen ventajas tanto para la organización que tiene implantado este sistema de
trabajo como para su personal.
La creciente potenciación de la digitalización ha ampliado las posibilidades del trabajo a distancia. El acceso a bases de
datos, documentos y herramientas almacenadas en espacios virtuales compartidos facilita muchos procesos. Además,
existen tecnologías de comunicación virtual sincrónica y diacrónica con amplia dispersión geográfica de los participantes.
Hay muchas aplicaciones de trabajo colaborativo que facilitan el trabajo en equipo con herramientas como la gestión de
agendas, la colaboración en un mismo documento a distancia, y otros aspectos del trabajo grupal.
El estado de alarma decretado por el Estado con motivo del COVID-19 impulsó la implantación del mismo de forma
generalizada convirtiéndose así en una prueba de programa piloto cuyas conclusiones han permitido evaluar los resultados
alcanzados de manera muy satisfactoria, por todo lo cual este Ayuntamiento en su apuesta por la transformación y
modernización de la organización municipal y en la convicción de las ventajas que supone el teletrabajo para ambas partes,
pretende impulsar la implantación de esta modalidad de trabajo entre su personal.
En este sentido se da cumplimiento a la normativa que se detalla a continuación:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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