Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Llerena. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01583/2024)
Convocatoria para la cobertura de tres plazas de Agente de Empleo y Desarrollo Local , incluida en la oferta de empleo público para la estabilización del empleo temporal
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Ayuntamiento de Llerena

Anuncio 1583/2024

específicamente elaborados por el Servicio Extremeño Público de Empleo.
6) Promover la participación e implicación de los agentes sociales y económicos, institucionales y de la
ciudadanía en el desarrollo socioeconómico del territorio.
7) Fomentar la cultura emprendedora y del espíritu emprendedor.
8) Realizar una prospección de recursos ociosos o infrautilizados, de proyectos empresariales de promoción
económica e iniciativas innovadoras en la generación de empleo en el ámbito local, identificando nuevas
actividades económicas y posibles emprendedores y emprendedoras.
9) Difundir y estimular potenciales oportunidades de creación de actividad entre personas desempleadas,
promotoras y emprendedoras, así como instituciones colaboradoras.
10) Realizar un acompañamiento técnico en la iniciación de proyectos empresariales, para su consolidación en
empresas generadoras de nuevos empleos, asesorando e informando sobre la viabilidad técnica, económica y
financiera y, en general, sobre los planes de lanzamiento de las empresas.
11) Apoyar a promotores y promotoras de empresas, una vez constituidas estas, acompañando técnicamente
a los mismos y las mismas durante las primeras etapas de funcionamiento.
12) Colaborar en el estudio del mercado de trabajo y el tejido empresarial de la comarca.
13) Diseñar, elaborar y ejecutar proyectos de desarrollo local.
14) Solicitar subvenciones a favor del Ayuntamiento o del Centro Especial de Empleo y tramitar los
correspondientes expedientes, elaborando documentos y/o proyectos, así como coordinando y recabando del
resto de empleados públicos la documentación procedente.
15) Realizar los trámites conducentes a la justificación de subvenciones obtenidas por el Ayuntamiento o el
Centro Especial de Empleo.
16) Colaborar con la Concejalía con competencias en materia de empleo y recursos humanos en la fijación de
criterios de selección de recursos humanos.
17) Efectuar cualquier otra tarea propia de su categoría que le sea encomendada y para la cual haya sido
previamente instruido.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes.
2.1.- Para tomar parte en este procedimiento selectivo será necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del Texto Refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, es decir, también podrán participar, en igualdad de condiciones que las personas de nacionalidad
española:
I) Las personas nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.
II) El cónyuge de las personas de nacionalidad española y de las personas nacionales de otros
Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad y siempre que no
se haya separado de derecho.
Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de
veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
III) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación
de trabajadores.
IV) Las personas extranjeras con residencia legal en España.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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