Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (01423/2024)
Convocatoria de ayudas para la reactivación de la actividad comercial en zona de obras de larga duración en Don Benito
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Ayuntamiento de Don Benito

Anuncio 1423/2024

El ámbito de aplicación de la presente convocatoria se extiende al municipio de Don Benito y tiene como
objeto estimular el mantenimiento de la actividad comercial y de negocios abiertos en las zonas de obras de
larga duración, mitigando los efectos que la minoración de ingresos haya podido tener sobre los
comerciantes y hosteleros afectados por las obras de renovación.
d. Ámbito de aplicación subjetivo.
Esta convocatoria se aplicará a las subvenciones en concurrencia competitiva descritas en las mismas, que se
concedan con el objetivo de reactivar o mantener la actividad comercial en los barrios y que otorgue el
Ayuntamiento de Don Benito dentro de los límites previstos en sus presupuestos. Quedan excluidas del
ámbito de aplicación, las subvenciones en especie.
e. Ámbito temporal.
La presente convocatoria se aplicará a todas aquellas solicitudes de subvenciones que se presenten desde la
fecha de entrada en vigor de las mismas hasta el cierre de convocatoria.
f. Datos de carácter personal.
En cumplimiento del Reglamento (UE) 216/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016,
se informa que los datos personales obtenidos recogidos en la tramitación de las subvenciones recogidas en
la presente convocatoria, cuyo tratamiento y publicación se autoriza por las personas interesadas mediante la
presentación de las solicitudes, van a ser incorporados a un fichero mixto para su tratamiento. Asimismo, se
le informa que la recogida y tratamiento de dichos datos tiene como finalidad de gestionar subvenciones y
ayudas.
El órgano responsable de este fichero es el Ayuntamiento de Don Benito, quien será encargado de
tratamiento de los datos para la tramitación y resolución del expediente administrativo.
El solicitante se hace responsable de la veracidad de todos ellos y declara contar con el consentimiento de las
terceras personas cuyos datos puedan ser necesarios aportar. De acuerdo con lo previsto en el citado
Reglamento, puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de
limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el
tratamiento automatizado de sus datos.
g. Consentimiento y autorizaciones.
La presentación de la solicitud implica el conocimiento y la aceptación de esta convocatoria.
La presentación de la solicitud lleva implícita la autorización para el tratamiento necesario de los datos de las
personas beneficiarias y la referida publicidad.
h. Normativa aplicable.
La presente convocatoria se rige por la siguiente normativa:
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Reglamento de la Ley de Subvenciones (Real Decreto 887/2006, de 21 de julio).
- Legislación que en materia de régimen local resulte de aplicación.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen
gobierno.
- Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Reglamento (UE) 216/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016.
- La regulación sobre subvenciones contenida en las bases de ejecución del presupuesto
general vigente en la parte en que le sean aplicables.
- Cuantas otras normas de carácter general o procedimental resulten de aplicación.
i. Entrada en vigor.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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