Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (01310/2024)
Bases específicas con convocatoria de subvenciones destinadas a fomento del turismo para el año 2024
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo

Anuncio 1310/2024

transferencia bancaria.
Quedan expresamente excluidos estos proyectos de la obligación de constitución de aval, seguro de caución o cualquier otra
garantía financiera.
Es requisito indispensable para el abono de la subvención haber presentado la justificación de la subvención, en su caso,
concedida en años anteriores, por cualquiera de los medios establecidos en el apartado cuarto anterior.
No hay incompatibilidad con la recepción de otras subvenciones y ayudas, siempre que esto no suponga sobrefinanciación.
Base 10. Obligaciones de los beneficiarios.
Los beneficiarios estarán sujetos a las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones y
artículo 16 de la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación Provincial de Badajoz.
En todo caso estarán sujetos a las siguientes obligaciones:
a. Realizar la actividad y gastos subvencionados en las condiciones previstas, incluida la obligación de realizar
todas las actividades y gastos según consta en la base 5. No se admitirán gastos que queden fuera de este
periodo, salvo en el caso de las modificaciones autorizadas de la resolución de concesión.
b. Comunicar cualquier eventualidad en el desarrollo de las actividades seleccionadas, en el momento en que
aquélla se produzca, con el fin de obtener en su caso, la correspondiente autorización sobre el cambio que
resulte necesario realizar en el programa propuesto y aprobado.
c. Posibilitar toda actividad de control e inspección de la actividad realizada por parte de la Diputación de
Badajoz, tal y como se recoge en el Título III de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y con especial
mención de lo recogido en el artículo 46 sobre obligación de colaboración.
d. Una vez resuelta la convocatoria, los beneficiarios de la subvención están obligados a comunicar a la
Oficina de promoción turística a través del correo electrónico turismo@dip-badajoz.es la fecha exacta de
realización de la actividad subvencionada, con una antelación mínima de 10 días.
e. Los beneficiarios de la subvención estarán obligados a difundir que la actividad ha sido subvencionada por
la Diputación de Badajoz. Para ello deberán hacer constar la colaboración y la imagen corporativa de la
Diputación de Badajoz en todo el material documental (gráfico, digital o audiovisual) a que dé lugar el
proyecto. Una vez el proyecto subvencionado sea justificado se deberá aportar documentación gráfica y
ejemplares del material documental de los proyectos donde se demuestre la utilización de la imagen
corporativa y la colaboración de la Diputación de Badajoz.
La acreditación de esta publicidad se detalla a continuación para cada actuación, en el caso de que se haya
financiado total o parcialmente con la subvención.
La entidad beneficiaria deberá incorporar al proyecto publicidad de la Diputación de Badajoz, como entidad
cofinanciadora, en el lugar donde se desarrolle el proyecto y en el material impreso editado con cargo al
mismo, mediante la inserción del logotipo oficial de la Diputación de Badajoz de acuerdo con las previsiones
del manual de identidad corporativa de la Diputación de Badajoz, disponible en el siguiente enlace: Manual de
Identidad Corporativa Diputación de Badajoz.
Los logotipos editables en formato .SVG y .PNG se encuentran igualmente disponibles en el siguiente enlace:
Logos editables Diputación de Badajoz.
Igualmente para la realización de la publicidad y difusión de las actuaciones realizadas con la financiación
total o parcial de la subvención concedida por Diputación de Badajoz se tendrán en cuenta las indicaciones
que se encuentran disponibles en el siguiente enlace:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades realizadas, mediante la
presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por fotografías, vídeos u otros soportes
digitales con un tamaño superior al permitido por la sede electrónica solicitará al correo ofsubvenciones@dipbadajoz.es, la autorización para el acceso a la plataforma de intercambio de documentación MERCURIO para
su aportación.
No se admitirá la aportación física de esta documentación.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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