Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (01310/2024)
Bases específicas con convocatoria de subvenciones destinadas a fomento del turismo para el año 2024
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo

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Si de la distribución inicial que se realice derivaran economías, éstas se distribuirían proporcionalmente entre
las entidades solicitantes que les haya correspondido un importe inferior al que han solicitado.
Línea 2:
Los proyectos subvencionados serán aquellos que reúnan los requisitos establecidos en la base número 3, siempre
teniendo como límite la cuantía total del crédito presupuestario asignado en correspondiente línea de la convocatoria, y el
individual por proyecto.
Para la determinación de la cuantía individualizada, se procederá al prorrateo, entre las entidades beneficiarias de la
subvención, del crédito total disponible en la correspondiente línea de convocatoria, de acuerdo a la siguiente fórmula, con
el límite máximo del importe solicitado:
Cuantía individualizada = (Crédito total disponible en la correspondiente línea de la convocatoria/total de solicitudes
recibidas para la línea 2) y máximo de 7.000,00 €.
En el caso de que la cantidad solicitada sea inferior a la cuantía máxima a subvencionar establecida en cada una de las
líneas, la cuantía máxima a subvencionar será el importe solicitado.
La distribución de créditos entre ambas líneas tiene carácter estimativo, por lo que, si de las solicitudes, estudio y propuesta
de concesión se dedujera una alteración de la mencionada distribución, no se requerirá nueva convocatoria para realizar el
traspaso de créditos de una línea a la otra, aunque sí las modificaciones que correspondan en el expediente de gastos, antes
de la resolución de concesión.
Base 8. Instrucción, Comisión de Valoración y resolución de la convocatoria.
El procedimiento de concesión de la subvención será el de concurrencia competitiva ordinaria, conforme se establece en el
artículo 41.1 b) de las bases de ejecución del presupuesto.
1. Gestión e Instrucción.
La gestión e instrucción de los expedientes se llevará a cabo por el Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo de
la Diputación de Badajoz que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento
y comprobación de los datos a valorar para lo que podrá contar con la asistencia administrativa necesaria. El órgano
instructor del procedimiento será el Director del Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo.
Se establece una fase de preevaluación, donde se verificará el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la
condición de beneficiario de la subvención. Las solicitudes se analizarán una vez sea expedido por la Secretaría General
certificado comprensivo de las solicitudes presentadas en el plazo establecido en la base 4.
Examinada la documentación que consta en cada solicitud, el órgano instructor, en su caso, solicitará por escrito y con la
correspondiente notificación, la subsanación que proceda para que en un plazo improrrogable de diez días hábiles y
conforme a lo contemplado en la base 4, se presente, por medios telemáticos, la documentación necesaria para subsanar.
Analizada la totalidad de la documentación presentada por el solicitante, incluyendo aquella que subsane los defectos
observados, el órgano instructor, elaborará un informe motivado de preevaluación sobre las propuestas presentadas,
donde deberán constar las cantidades a subvencionar a los beneficiarios. La puntuación total de las solicitudes será la que
resulte de la suma de todos los criterios, siendo elevado dicho informe al órgano colegiado encargado de la valoración de las
mismas.
2. Comisión de Valoración.
Se creará una Comisión de Valoración para examinar y valorar las solicitudes, siendo su composición de acuerdo con lo
establecido en el artículo 11.7 de la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación Provincial de Badajoz, la siguiente:
Presidente: El Director del Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo o funcionario en quien delegue.
Vocales: Dos empleados públicos provinciales de la Diputación Provincial de Badajoz, designados por el órgano
convocante. Uno de ellos ejercerá como Secretario de la comisión de valoración con voz y voto.
El Interventor o persona en la que delegue, con voz pero sin voto.
El Secretario General de la Diputación de Badajoz o persona en la que delegue, con voz pero sin voto.
La Jefa de Servicio de Régimen Jurídico y Gestión de Subvenciones del Área de Economía, Compras, Hacienda y
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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