Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Codosera. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01393/2024)
Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza fiscal del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras
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Ayuntamiento de La Codosera

Anuncio 1393/2024

Requisitos y documentación a presentar por el interesado:
1. Solicitud de bonificación acompañada de una memoria valorada
de la inversión a realizar, así como de los demás puntos objeto del
baremo. En todo caso se adjuntará una certificación por el técnico
correspondiente, de no tener ejecutada la obra prevista a realizar.
2. Para poder llevar a cabo la aplicación de la bonificación
correspondiente, el sujeto pasivo deberá estar al corriente de
pago con el Ayuntamiento.
3. La tramitación de la solicitud de bonificación de este impuesto,
no paralizará la autoliquidación del ICIO.
Una vez finalizada la construcción, instalación u obra, y teniendo en cuenta su
coste real y efectivo, el Ayuntamiento, mediante la oportuna comprobación
administrativa, modificará, en su caso, la base imponible del Impuesto,
procediendo a practicar la correspondiente liquidación definitiva, teniendo en
cuenta el porcentaje de bonificación establecido según le baremo, y procediendo
a exigir o reintegrar al sujeto pasivo la cantidad que corresponda.
Tramitación de las solicitudes:
1. Presentación de solicitud con documentación correspondiente.
2. Petición de informes (Técnico Municipal, Secretaría,
Recaudación, Intervención).
3. Dar cuenta a la Comisión Especial de Cuentas, Hacienda y
Presupuesto.
4. Declaración de especial interés o utilidad municipal por el Pleno
de la Corporación.
5. Resolución de la Alcaldía-Presidencia.
6. Notificación al sujeto pasivo.

La Codosera, a fecha de la firma digital.- El Secretario-Interventor, Miguel Ángel Bermejo Pacheco.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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