Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castuera. Delegación de Cultura, Deportes y Juventud. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (01373/2024)
Aprobación inicial de la modificación puntual número 9 del Plan General Municipal del municipio de Castuera
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Ayuntamiento de Castuera

Anuncio 1373/2024

Primero. Aprobación inicial de la modificación puntual número 9 del Plan General Municipal. Modificación del
artículo 4.1.25. Condiciones de las dotaciones y servicios de los edificios. Por el órgano competente: Pleno de
la Corporación:
Tipo de instrumento: Plan General Municipal.
Ámbito: En todo el término municipal de Castuera.
Tipo de modificación: Puntual.
Segundo. Una vez aprobado por el Pleno, inicialmente someter el expediente al preceptivo trámite de
información pública por plazo de 45 días (45 días), mediante anuncio en el Diario Oficial de Extremadura.
Asimismo, estará disponible en la sede electrónica de este Ayuntamiento de Castuera, como en el tablón físico
y la página web.
Tercero. Remitir la modificación del Plan General Municipal a la Comisión de Coordinación
Intersectorial/Solicitar informes sectoriales a las entidades y organismos administrativos gestores de intereses
públicos que puedan verse afectados, aquellos que fueran preceptivos.
Cuarto. Remitir las alegaciones, recomendaciones e informaciones recibidas durante el plazo de información
pública a los Servicios Técnicos al equipo redactor para su informe. Asimismo, en su caso, se estudiarán los
informes emitidos.
Quinto. Suspender el otorgamiento de licencias en todas aquellas áreas, ámbitos o situaciones (arriba
expresados) cuyas nuevas determinaciones urbanísticas supongan modificación del régimen urbanístico
vigente (artículo 68.4 RGLOTUS- artículo 49 LOTUS), no pudiendo ser, la suspensión superior a 2 años (artículo
49 LOTUS).
Por todo lo expresado, acordar suspensión de licencias que puedan resultar afectadas por una duración de 2 años, siendo
este el plazo máximo para la misma.
De acuerdo con el artículo 49.3.c) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de
Extremadura, el acuerdo debe incluir los ámbitos o situaciones en los que se suspende el otorgamiento de licencias y el
plazo de suspensión, que no podrá ser superior a 2 años.
En Castuera, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Francisco Martos Ortiz.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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