Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cheles. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (01362/2024)
Aprobación del Plan estratégico de subvenciones 2024-2025
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Ayuntamiento de Cheles

Anuncio 1362/2024

a. Objetivos: Favorecer la participación de los vecinos de distintas edades en la vida del pueblo
a través de la realización por parte del Ayuntamiento y de asociaciones de actividades
culturales de diversa índole y para diversos públicos, con el fin de promover el ocio, la cultura y
el asociacionismo en el medio rural, preservando los festejos y tradiciones del municipio y la
realización de actividades en el medio natural.
Así como fomentar la realización de actividades de tiempo libre, ocio y cultura para la juventud
dentro del medio rural y las actividades de verano.
b. Efectos pretendidos: Realización de un mayor número de espectáculos en el municipio, la
formación de nuevas actividades culturales al aire libre, el fomento de la afición por la música y
la danza en la población como medio de expresión cultura de los vecinos, la afición por la
naturaleza que rodea el municipio, y el conocimiento de las tradiciones históricas, culturales,
festivas y gastronómicas de nuestra tierra.
c. Costes previsibles: 5.500,00 euros.
d. Financiación: La financiación se llevará a cabo fundamentalmente con fondos propios. El
Ayuntamiento también podrá recurrir a otros medios de financiación ajena. En caso de que se
subvencionen gastos de capital, las subvenciones se cargarán al capítulo 7 de gastos del
presupuesto.
e. Plan de acción:
Carnavales, realización de actividades relacionadas con el carnaval en el mes de febrero,
así como concurso de disfraces y concurso de murgas.
Navidades, realización de actividades relacionadas con las navidades en los meses de
diciembre y en enero, así como el concurso de fachadas.
Caza, realización de actividades relacionadas con la caza, enmarcadas en las tradiciones
del municipio. Subvención nominativa a la Asociación El Cristo de la Paz.

CAPÍTULO IV. SUBVENCIONES EN MATERIA DE CULTURA
Artículo 8.
En materia de cultura, el Ayuntamiento establecerá, durante el período de vigencia del Plan, las siguientes líneas de
subvención:
A. Música:
a. Objetivos: Promocionar la cultura, favorecer las actividades musicales, la programación de
conciertos, los espectáculos de música clásica, formación de corales, escolanías y bandas
musicales.
b. Efectos pretendidos: Realización de un mayor número de espectáculos en el municipio, la
formación de nuevos grupos musicales y actividades culturales al aire libre, el fomento de la
afición por la música y la danza en la población como medio de expresión cultural de los
vecinos, a través de la promoción de la enseñanza y la cultura de la música.
c. Costes previsibles: 3.500,00 euros.
d. Financiación: La financiación se llevará a cabo fundamentalmente con fondos propios. El
Ayuntamiento también podrá recurrir a otros medios de financiación ajena. En caso de que se
subvencionen gastos de capital, las subvenciones se cargarán al capítulo 7 de gastos del
presupuesto.
e. Plan de acción: Son acciones extraordinarias en las que solo se colaborará cuando se
detecten necesidades generales e imprescindibles para las actividades ordinarias de estas
entidades sin ánimo de lucro.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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