Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montijo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01294/2024)
Convocatoria y bases que han de regir el proceso, para la provisión de una plaza de funcionario Auxiliar Administrativo, por el sistema de concurso-oposición, turno libre
13 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Montijo

Anuncio 1294/2024

Publicada esta, previa notificación, se procederá al nombramiento del aspirante como funcionario de carrera en el periodo
legalmente establecido. Quien, sin causa justificada, no tome posesión en la fecha que se determine, perderá todos los
derechos derivados de la superación de las pruebas selectivas y la propuesta conferida. La resolución de adjudicación de la
plaza se publicará en el Diario Oficial de Extremadura (y en los demás lugares que fueran procedentes).
Con independencia de lo anterior, los aspirantes que hayan superado todas las pruebas de la oposición, pasarán a constituir
una lista de espera con el fin de atender futuras necesidades, en la categoría de Auxiliar Administrativo.
El integrante de la lista que obtenga un contrato de trabajo, pasará a la situación de suspensión en la lista, y una vez que
finalice su contrato de trabajo se levantará la suspensión en la lista de espera, en el mismo puesto que le corresponda en
relación con los puntos obtenidos, siempre y cuando no supere el máximo de 12 meses de contrato acumulado, en cuyo
paso pasará al final de la lista.
La renuncia a un puesto de trabajo ofertado supondrá el pase del aspirante al último lugar de la lista de espera, salvo que
concurra una de las siguientes circunstancias:
- Parto, baja por maternidad o situaciones asimiladas.
- Enfermedad grave que impida la asistencia al trabajo, siempre que se acredite debidamente.
- Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
Esta lista de espera tendrá una vigencia máxima de 3 años desde su constitución.
Los llamamientos se realizarán siempre por el orden de prelación en la lista, sin perjuicio de lo dispuesto en los párrafos
siguientes.
Las comunicaciones de las ofertas de trabajo se realizarán por correo electrónico al designado en la solicitud (de forma
obligatoria), y por vía telefónica o por cualquier medio que permita una comunicación inmediata y ágil con la persona
interesada.
El Ayuntamiento realizará un máximo de 3 intentos de comunicación. La persona integrante de la lista de espera contactada
deberá aceptar o rechazar la oferta en un plazo máximo de 48 horas. En el caso de no haber sido posible el contacto, o si la
oferta fuera rechazada, se realizará la misma a la siguiente persona de la lista, por orden de puntuación. En el caso de no
haber podido contactar con la personal, esta pasará a la situación de "ilocalizable", dejando constancia de ello con el envío
de una carta certificada al domicilio particular de la persona, expresando dicha circunstancia.
Décima.- Presentación de la documentación.
En el plazo de los 10 días hábiles a contar de la publicación de la relación de aprobados en el tablón de anuncios de este
Ayuntamiento, el aspirante que figure en primer lugar deberá presentar los siguientes documentos:
a) Copia auténtica del DNI.
b) Copia auténtica de la titulación exigida en la base tercera.
c) Declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado/a por sentencia firme o como consecuencia de
haber sido despedido disciplinariamente de forma procedente, para ejercer funciones similares a las propias
de la categoría profesional a la que se pretende acceder.
d) Informe médico, de no padecer enfermedad o discapacidad que impidan o dificulte el ejercicio de las
correspondientes funciones.
e) Juramento o promesa de fiel cumplimiento de las obligaciones del cargo con lealtad al Rey y a la
constitución.
Si dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la documentación, o del examen de la misma se
dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base tercera, se producirá la invalidez de sus actuaciones y
a la subsiguiente nulidad de los actos del órgano de selección con respecto a este/a, sin perjuicio de la responsabilidad en
que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud. En tal caso, se procederá a la propuesta a favor del aspirante
siguiente por orden de puntuación obtenida.
Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Alcaldía, a propuesta del Tribunal, procederá al nombramiento
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 7 de 13