Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montijo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01294/2024)
Convocatoria y bases que han de regir el proceso, para la provisión de una plaza de funcionario Auxiliar Administrativo, por el sistema de concurso-oposición, turno libre
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Ayuntamiento de Montijo

Anuncio 1294/2024

sobre las equivalencias. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la
credencial que acredite su homologación.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para
ejercer funciones similares a las que pretende acceder. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. Asimismo No estar incluido en
ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Cuarta.- Solicitudes.
4.1.- Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo, deberán estar debidamente
cumplimentadas. Los aspirantes manifestarán que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos
exigidos en la base tercera de la convocatoria o en disposición de obtenerlos, referidos al día en que concluya
el plazo de su presentación, y que se comprometen a prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las
obligaciones inherentes al cargo con lealtad al Rey, guardar y hacer guardar la constitución como norma
fundamental del Estado.
Se ajustarán al modelo anexo a las presentes bases, debiendo dirigirse a la Alcaldía de este Ayuntamiento, y
se presentarán en el registro general del mismo o en los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP, dentro del plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente de la publicación de la convocatoria en
el Boletín Oficial del Estado.
4.2.- A la instancia se acompañará justificante del abono de los derechos de examen que asciende a 20,00
euros, a hacer efectiva mediante ingreso en la cuenta dispuesta en la entidad Unicaja Banco S.A., IBAN: ES20
2103 7118 9100 3000 8432. Sin perjuicio de las bonificaciones establecidas en el artículo 6.3 de la Ordenanza
municipal fiscal reguladora de la tasa por concurrencia a pruebas selectivas, que deberán acreditarse
obligatoriamente.
En ningún caso la presentación y pago de la tasa supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo
y forma de la solicitud, considerándose asimismo la falta del justificante de su abono, motivo no subsanable
de exclusión del aspirante al proceso selectivo.
4.3.- Junto con la instancia se aportará, copia auténtica del DNI, y de la titulación exigida.
Asimismo, deberá presentarse, en su caso, relación de méritos, adjuntando la documentación necesaria para
su comprobación, debidamente ordenada en original o copia auténtica. En ningún caso se valorarán méritos
no alegados junto con la instancia o no acreditados documentalmente en plazo.
Los aspirantes, por el hecho de participar en las pruebas selectivas, se someten a las bases de esta
convocatoria y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones y recursos
pertinentes, quedando asimismo vinculados a los datos que hayan hecho constar en las solicitudes, pudiendo
demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo concedido para su presentación,
transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza. Los errores de hecho podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
Quinta.- Admisión de aspirantes.
Terminado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía, dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando
aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará oficialmente en el tablón de anuncios de
este Ayuntamiento, y para mayor difusión en la página web y sede electrónica, con indicación de las causas de exclusión, así
como el plazo de subsanación de defectos y presentación de reclamaciones que se concede a los aspirantes excluidos, que
será de 10 días hábiles.
Si se formularan reclamaciones, serán resueltas en el mismo acto administrativo que apruebe la lista definitiva, que se hará
pública, asimismo, en la forma indicada para la lista provisional. En la misma resolución se indicará la fecha, lugar y hora de
comienzo de los ejercicios, así como composición del Tribunal Calificador.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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