Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01212/2024)
Aprobación definitiva de las bases reguladoras de las subvenciones para la realización de proyectos y actividades por las asociaciones 2024
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona

Puntuación

Anuncio 1212/2024

Cuantía subvención

80

2.172,00 €

85

2.387,00 €

90

2.602,00 €

95

2.817,00 €

100

3.000,00 €

b) Entre 51 y 75 puntos la cuantía proporcional que se obtenga teniendo en cuenta que si se obtienen 51
puntos la cuantía será de 1.000,00 €, y si se obtienen 100 puntos la cuantía será de 2.000,00 €, IVA incluido. En
caso de solicitar una cantidad inferior a 1.000,00 €, se abonará el 100% de lo solicitado.
Cuantía de la subvención según puntuación entre 51 y 75 puntos:

Puntuación

Cuantía subvención

55

1.172,00 €

60

1.387,00 €

65

1.602,00 €

70

1.817,00 €

75

2.000,00 €

c) Entre 0 y 50 puntos la cuantía proporcional que se obtenga teniendo en cuenta que si se obtienen 50
puntos la cuantía será de 1.000,00 €, IVA incluido.
Cuantía de la subvención según puntuación entre 0 y 50 puntos:

Puntuación

Cuantía subvención

5

100,00 €

10

200,00 €

15

300,00 €

20

400,00 €

25

500,00 €

30

600,00 €

35

700,00 €

40

800,00 €

45

900,00 €

50

1.000,00 €

En caso de no coincidir la cuantía con las cantidades incluidas en las tablas, se otorgará la puntuación inmediatamente
inferior según tabla.
Artículo 9.- Competencia.
El órgano competente para dictar la resolución de las correspondientes convocatorias, así como para resolver, será la
Alcaldía del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 21 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Artículo 10.- Justificación.
Las asociaciones y entidades beneficiarias de las subvenciones deberán ajustarse al siguiente régimen de justificación:
a) Justificar, en el plazo establecido en la correspondiente convocatoria, la actividad subvencionada. Para ello,
deberá presentarse, en este plazo, una memoria de las actividades realizadas y el grado de consecución de los
objetivos planteados.
b) Aportar las facturas provenientes de empresas o servicios. El importe de las facturas acreditativas del gasto
deberá ser igual o superior al de la subvención concedida.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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