Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (01225/2024)
Subvenciones destinadas a apoyar a las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones para la realización de actividades dirigidas a promover la cultura, arte, tradiciones y gastronomía durante el ejercicio económico 2024
32 páginas totales
Página
Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo

Tipo de gastos

Anuncio 1225/2024

Importe (€)

% sobre el total de gastos

Modo de pago*

Prestación de servicios
Publicidad, propaganda, cartelería
Otra tipología de gasto
(habilitar otras filas si se considera necesario)
Coste total actividad subvencionada:
* En caso de que los gastos especificados sean pagados, unos en efectivo y otros por transferencias, deberá
abrirse una línea para cada uno.
3.2. Relación de gastos financiados con la subvención de Diputación:

N.º orden
(**)

Descripción del
gasto

Proveedor

N.º factura

Fecha
factura

Fecha
pago

Importe (€)

Importe financiado
con la subvención de
Diputación (€)

Total:
** Esta relación debe soportarse con los respectivos justificantes de los gasto devengados y de los pagos
efectuados. Los justificantes se presentarán numerados y se relacionarán en este cuadro con ese mismo nº
de orden.
Nota:Cuando se trate de gastos en moneda extranjera se habilitará, además, una columna para el importe en
divisa y otra para el cambio a euros considerado.
- Condición de Exento/No Exento como sujeto pasivo IVA:
Se ha considerado mayor gasto justificable el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido,
IVA, de las facturas relacionadas, puesto que por tener el beneficiario la condición de sujeto
pasivo exento de tal impuesto, no es deducible el IVA soportado en las adquisiciones de bienes
y prestación de servicios destinados a la ejecución de las actividades propias de su condición.
No se ha considerado mayor gasto justificable el importe del Impuesto sobre el Valor
Añadido, IVA, de las facturas relacionadas puesto quees deducible el IVA soportado en las
adquisiciones de bienes y prestación de servicios destinados a la ejecución de las actividades
propias de su condición.
Nota: Las entidades sin ánimo de lucro no están exentas de ser sujeto pasivo del IVA cuando entreguen
bienes o servicios no exentos.
3.3. Relación de gastos financiados con fondos propios de la entidad solicitante u otras subvenciones o
recursos.

N.º
orden
(*)

Descripción del
gasto

Proveedor

N.º
factura

Fecha
factura

Importe
Fra. (€)
(*)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Importe
financiado con
fondos propios u
otras subv. o
recursos (€)

Entidad
Financiadora
(**)

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