Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria. Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (01206/2024)
Bases específicas para la convocatoria de las ayudas de suministros mínimos vitales del Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes para el año 2024
10 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes

Anuncio 1206/2024

Artículo 9. Causas de pérdida del derecho a la percepción de las ayudas y obligación de reintegro.
Son causas de pérdida del derecho a la percepción de las ayudas:
a) El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en las presentes bases.
b) El ocultamiento o falseamiento de datos.
En estos casos, se perderá el derecho a la percepción de las ayudas para suministros mínimos vitales para
toda la anualidad y las ayudas ya percibidas en la misma anualidad tendrán la consideración de
indebidamente percibidas y nacerá la obligación de reintegrarlas.
Artículo 10. Crédito presupuestario.
El crédito presupuestario para el pago de las ayudas para suministros mínimos vitales se corresponderá con
el importe de la transferencia que a este efecto realice la Junta de Extremadura al Ayuntamiento de
Fuenlabrada de los Montes.
En todo caso, la concesión de las ayudas estará condicionada y supeditada a la existencia de crédito
presupuestario disponible y a la ejecución presupuestaria del programa de colaboración económica municipal
para Suministros Mínimos Vitales para el año 2024 (DOE número 33, de 16 de febrero de 2024).
Fuenlabrada de los Monte, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Ismael Higuera Clemente.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 9 de 10