Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria. Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (01163/2024)
Bases para la concesión de ayudas destinadas a deportistas y entidades deportivas emeritenses del año 2024
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Ayuntamiento de Mérida

Anuncio 1163/2024

La resolución de los procedimientos de concesión será adoptada por la Junta de Gobierno Local u Órgano Delegado.
La resolución de los procedimientos de concesión exigirá, en todo caso, informe del órgano colegiado referido
anteriormente, así como la formulación de la oportuna propuesta de resolución provisional y definitiva.
El plazo máximo de resolución de la presente convocatoria, no podrá superar los 6 meses.
Dicho plazo podrá suspenderse de acuerdo con lo previsto en el artículo 22 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La falta de notificación de la resolución expresa dentro del plazo máximo para resolver legitima a la persona interesada para
entenderla desestimada por silencio administrativo.
La resolución de concesión será motivada e incluirá la identificación de la persona que haya resultado beneficiaria, con
mención expresa de la puntuación por los méritos obtenidos por el que se le concede la ayuda y de la cuantía de esta.
No se requerirá aceptación de la ayuda concedida, sin menoscabo del derecho de la persona interesada a desistir de su
petición o a renunciar a la ayuda concedida, conforme al artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La resolución de concesión agota la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma, recurso potestativo de
reposición ante la Junta de Gobierno Local u Órgano Delegado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación,
o bien ser impugnada directamente ante el orden contencioso-administrativo en la forma y plazo previsto en la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Los actos administrativos que se dicten en relación con esta convocatoria, serán objeto de publicación en el BOP, y
notificándose mediante la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Octava.- Líneas de ayudas.
Mediante la presente se convocan ayudas para las siguientes líneas de subvención:
a. Línea de entidades deportivas: Destinada a clubes deportivos que tengan la sede principal en Mérida o que
desarrollen su actividad principal en esta localidad. Dotación de la convocatoria: Cuarenta y cinco mil euros
(45.000,00).
b. Línea de deportistas masculinos: Destinada al fomento, promoción, mejora y perfeccionamiento de
deportistas masculinos locales, que destaquen en su participación y resultados en competiciones oficiales
nacionales e internacionales. Dotación de la convocatoria: Doce mil quinientos euros (12.500,00 euros).
c. Línea de deportistas femeninas: Destinada al fomento, promoción, mejora y perfeccionamiento de
deportistas femeninas locales, que destaquen en su participación y resultados en competiciones oficiales
nacionales e internacionales dotación de la convocatoria: Doce mil quinientos euros (12.500,00 euros).
Novena.- Criterios de valoración de solicitudes.
Para entidades deportivas.
La cuantía de las ayudas que se otorguen para las entidades deportivas se determinará, atendiendo a los criterios que a
continuación se especifican, con la ponderación que se detalla a continuación:
Entidades deportivas.

1. Por no tener cedido instalaciones municipales

10 puntos

2. Por trabajar con el deporte base

15 puntos

3. Por cada licencia federativa masculina menor de 18 años

0,40 puntos

4. Por cada licencia federativa femenina menor de 18 años

1 punto

5. Por cada licencia federativa masculina mayor de 18 años

0,10 puntos

6. Por cada licencia federativa femenina mayor de 18 años

0,50 puntos

7. Por cada licencia federativa Diversidad Funcional

2 puntos

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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