Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdecaballeros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (01137/2024)
Plan de medidas antifraude del Ayuntamiento de Valdecaballeros
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Ayuntamiento de Valdecaballeros

Anuncio 1137/2024

intereses de las indicadas en el artículo 61.3 del Reglamento Financiero de la UE y que no concurre en su/s
persona/s ninguna causa de abstención del artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público que pueda afectar al procedimiento de licitación/concesión.
Tercero. Que se compromete/n a poner en conocimiento del comisión de evaluación, sin dilación, cualquier
situación de conflicto de intereses o causa de abstención que dé o pudiera dar lugar a dicho escenario.
Cuarto. Conozco que, una declaración de ausencia de conflicto de intereses que se demuestre que sea falsa,
acarreará las consecuencias disciplinarias, administrativas y/o judiciales que establezca la normativa de
aplicación.
Y para que conste, firmo la presente declaración.

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ANEXO III: DECLARACIÓN INSTITUCIONAL SOBRE LUCHA CONTRA EL FRAUDE
Uno de los principales objetivos del Ayuntamiento de Valdecaballeros es reforzar, dentro del ámbito de sus competencias, la
política antifraude en el desarrollo de sus funciones. Por ello, el Ayuntamiento, a través de esta declaración institucional,
quiere manifestar su compromiso con los estándares más altos en el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales
y su adhesión a los más estrictos principios de integridad, objetividad y honestidad, de manera que su actividad sea
percibida por todos los agentes que se relacionan con ella como opuesta al fraude y la corrupción en cualquiera de sus
formas.
El personal del Ayuntamiento, en su carácter de empleados públicos, asume y comparte este compromiso teniendo entre
otros deberes los de "velar por los intereses generales, con sujeción y observancia de la constitución y del resto del
ordenamiento jurídico, y actuar con arreglo a los siguientes principios: Objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad,
imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad,
eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres"
(artículo 52 de la Ley 7/2017, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público).
El Ayuntamiento persigue con esta política consolidar dentro de la organización una cultura que desaliente toda actividad
fraudulenta y que facilite su prevención y detección, promoviendo el desarrollo de procedimientos efectivos para la gestión
de estos supuestos.
El Ayuntamiento pondrá en marcha medidas eficaces y proporcionadas de lucha contra el fraude, basadas en la experiencia
anterior y en la evaluación del riesgo de fraude.
Asimismo, procederá a denunciar aquellas irregularidades o sospechas de fraude que pudieran detectarse, a través de los
canales internos de notificación y siempre en colaboración con el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude. Todos los
informes se tratarán en la más estricta confidencialidad y de acuerdo con las normas que regulan esta materia.
En definitiva, el Ayuntamiento de Valdecaballeros ha adoptado una política de tolerancia cero con el fraude, estableciendo
un sistema de control interno diseñado para prevenir y detectar, dentro de lo posible, cualquier actuación fraudulenta y, en
su caso, subsanar sus consecuencias, adoptando para ello los principios de integridad, imparcialidad y honestidad en el
ejercicio de sus funciones.

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ANEXO IV: CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS
El Ayuntamiento de Valdecaballeros manifiesta públicamente en una declaración institucional la política de tolerancia cero
frente al fraude y la corrupción.
El Ayuntamiento cuenta con procedimientos para la puesta en marcha de medidas eficaces y proporcionadas contra el
fraude, teniendo en cuenta los riesgos detectados.
Estos procedimientos incluyen, dentro de las medidas destinadas a prevenir el fraude, la divulgación de un código ético de
conducta del personal del Ayuntamiento. El presente código constituye una herramienta fundamental para transmitir los
valores y las pautas de conducta en materia de fraude, recogiendo los principios que deben servir de guía y regir la actividad
del personal empleado público.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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