Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01116/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno de la escuela profesional dual de empleo "El Piropo Blanco II"
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona

Anuncio 1116/2024

con todo el equipo directivo y docente, basadas en el trabajo por competencias de forma transversal,
apoyándose en estructuras de trabajo cooperativo y colaborativo, así como el establecimiento de
sinergias entre los mismos.
Según el artículo 15.2 de la orden de 26 de noviembre de 2020, estas acciones tendrán como
referencia la Guía de Herramientas de Acompañamiento/Tutorización elaborada por la Dirección
General competente en la gestión de programas públicos de empleo-formación del SEXPE.
La organización de actividades "complementarias", acción tutorial, etc.
C. Monitores de formación ocupacional:
Planificación, programación, seguimiento y evaluación de los contenidos teórico-prácticos de su
especialidad, incluyendo la relacionada con los cursos monográficos de su especialidad para los cuales
se encuentren suficientemente cualificados, según lo establecido en la Orden ESS/1897/2013, de 10 de
octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los
certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de
profesionalidad dictados en su aplicación.
Participar en la metodología que utilice todo el equipo para que el proyecto formativo facilite el trabajo
por competencias, de forma transversal, utilizando, entre otras, las siguientes orientaciones
metodológicas: Que el/la alumno/a trabajador/a conozca los objetivos del proyecto, qué va a aprender,
y qué va a obtener una vez finalizado el mismo; que se utilice una metodología activa que se apoye en
estructuras de aprendizaje cooperativo y solidario, de forma que a través de la resolución conjunta de
las tareas, cada participante conozca las estrategias utilizadas por sus compañeros y pueda aplicarlas a
situaciones similares; que se favorezca el trabajo individual y grupal, fomentando la motivación, la
comunicación, las habilidades sociales, el trabajo en equipo en la consecución de un fin común
"encontrar empleo", ya sea por cuenta propia o ajena, utilizando las nuevas tecnologías de la
información y la comunicación; que se utilicen los recursos materiales que posibiliten una óptica
abierta, una metodología participativa y grupal, dinamismo, cohesión de grupo y corresponsabilidad;
que el papel del alumno/a trabajador/a en este proceso sea activo y autónomo, y que sea consciente
de ser el responsable de su propio aprendizaje y que el docente se implique como elemento
orientador, promotor y facilitador de experiencias y del desarrollo competencial en el alumnado.
Planificación y ejecución de las unidades de obra/prestación de servicios según redacción del proyecto
aprobado.
Colaborar en la adaptación del programa formativo a las características de aprobación y a la situación
real de los objetivos.
Jefe de taller y de las actuaciones en obra asignadas. Uso y custodia de la maquinaria, herramientas y
materiales asignadas.
Control de asistencia diaria de los alumnos trabajadores asignados.
Aplicación de la normativa en prevención de riesgos laborales.
Colaborar en el desarrollo de acciones que promuevan la incorporación al mercado laboral del
alumnado trabajador.
Colaborar en el desarrollo de un proyecto de Aprendizaje-Servicio (ApS): Aprender haciendo un
servicio a la comunidad. En este proyecto se trabajará la adquisición o mejora de las siguientes
competencias: Autoconfianza, comunicación, cumplimiento de tareas, gestión del tiempo, capacidad
de relación, flexibilidad y tolerancia a la frustración, análisis y resolución de problemas y fomento de la
iniciativa y espíritu emprendedor.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación.
Define la condición de alumno/trabajador de la escuela profesional dual de empleo, el mantener con el Ayuntamiento de
Los Santos de Maimona (en adelante "entidad promotora") una relación regulada formalmente por un contrato de
formación, por lo que son considerados trabajadores, sin perder la condición de alumno, en ningún caso.
La duración del contrato es de un año.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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