Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de San Pedro de Mérida. (01028/2024)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora de subvenciones para el fomento de la rehabilitación edificatoria
9 páginas totales
Página
Ayuntamiento de San Pedro de Mérida

Anuncio 1028/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de San Pedro de Mérida
San Pedro de Mérida (Badajoz)
Anuncio 1028/2024
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora de subvenciones para el fomento de la rehabilitación
edificatoria

APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación de la Ordenanza reguladora de subvenciones para el
fomento de la rehabilitación edificatoria, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Considerando que, mediante providencia de Alcaldía de fecha 20 de enero de 2024, se incoó procedimiento para la
modificación de la Ordenanza reguladora de subvenciones para el fomento de la rehabilitación edificatoria.
Considerando que, con fecha 20 de enero, se elaboró por la Secretaría informe en el que se evaluó la viabilidad y legalidad
del proyecto y del procedimiento, de acuerdo con la normativa aplicable, así como con las reglas internas aprobadas en la
entidad.
Considerando que, con fecha 20 de enero de 2024, se procedió a realizar un periodo de consulta pública en el portal del web
del Ayuntamiento de San Pedro de Mérida.
El Pleno a propuesta de la Comisión Informativa de asuntos generales adopta por unanimidad el siguiente,
ACUERDO:
Primero.- Aprobar provisionalmente la modificación de la Ordenanza reguladora de subvenciones para el fomento de la
rehabilitación edificatoria, en los términos del proyecto que se anexa al expediente.
Segundo.- Exponer al público el anterior acuerdo mediante anuncio que se insertará en el tablón de anuncios municipal
durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de dicho anuncio en el Boletín Oficial de
la Provincia, dentro del cual los interesados podrán examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen
oportunas.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
Tercero.- Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente
indicado, que el acuerdo es definitivo, con base en el artículo 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 18 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local y remitir a la Administración del Estado y al departamento correspondiente de la Comunidad
Autónoma, en el plazo de quince días desde la aprobación, copia del Acuerdo definitivo de aprobación y copia íntegra del
texto de la Ordenanza, así como copia íntegra autenticada de la misma.
Cuarto.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir los documentos relacionados con este asunto.
«ORDENANZA REGULADORA DE SUBVENCIONES PARA FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA
Artículo 1.- Objeto de la subvención.
Por medio de la presente Ordenanza se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por el
Ayuntamiento de San Pedro de Mérida, teniendo por objeto facilitar la ejecución de obras en viviendas ubicadas en el
municipio, en suelo clasificado como urbano por el planeamiento vigente, que cumplan los requisitos establecidos en la
presente Ordenanza.
Artículo 2.- Beneficiarios y requisitos de acceso.
Podrán ser beneficiarios de la subvención los promotores individuales para uso propio en materia de rehabilitación que
cumplan los siguientes requisitos generales y específicos a la fecha de presentación de la solicitud:
a) Requisitos generales.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 9