Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Coronada. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). (01020/2024)
Bases reguladoras de las ayudas para suministros mínimos vitales del Ayuntamiento de La Coronada para el año 2024
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Ayuntamiento de La Coronada

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10.- Protección de datos.
En cumplimiento del deber de informar establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de los derechos digitales, se tratarán y guardarán los
datos aportados en la instancia y documentación que la acompañe para la tramitación y gestión del
correspondiente expediente administrativo y demás actuaciones relacionadas.
Se reconoce el derecho a las personas interesadas a acceder, rectificar y suprimir los datos facilitados, así
como cualesquiera otros derechos que les correspondan. Las personas interesadas tienen derecho a
oponerse en cualquier momento, por motivos relacionados con su situación particular, a que los datos
personales que les conciernan sean objeto de un tratamiento de datos.
La finalidad de los mismos es la tramitación, gestión de expedientes administrativos y actuaciones derivadas
de estos. Se prevé la posible cesión de datos a terceros, sin que haya previsión de transferencias a terceros
países.
11.- Aceptación de las bases e interpretación.
La participación en el presente procedimiento de concesión de ayudas conlleva la acepción incondicionada
del contenido de las presentes bases, siendo competencia de la Alcaldía-Presidencia la resolución de las
dudas que pudieran surgir en aplicación de estas bases.
12.- Fondos destinados al pago de las ayudas.
El crédito presupuestario para el pago de las ayudas para suministros mínimos vitales se corresponderá con
el importe de la transferencia que a este efecto realice la Junta de Extremadura al Ayuntamiento de La
Coronada.
13.- Régimen de recursos.
Contra la resolución de aprobación de las presentes bases reguladoras, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, ante en el Sr. Alcalde-Presidente del
Ayuntamiento, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de
la Provincia o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo que proceda en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la mencionada
publicación. Si se optara por interponer recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo, hasta que aquel haya sido resuelto expresamente o haya sido desestimado por silencio
administrativo.
Disposición final primera.- Se autoriza al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento a dictar cuantos actos y disposiciones
resulten necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en estas bases.
Disposición final segunda.- Estas bases entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia.»
En La Coronada, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Cristian Maldonado Muñoz.
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ANEXO I: SOLICITUD AYUDAS PARA SUMINISTROS MÍNIMOS VITALES
1.- Datos personales del solicitante:

Nombre y apellidos:

DNI/NIE:

Domicilio:

Estado civil:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Teléfono:

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