Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (00781/2024)
Extracto de bases y convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la iniciativa empresarial por parte de personas jóvenes con titulación universitaria, formación profesional de grado superior o certificado de profesionalidad nivel 3, durante 2024
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo

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Tercero.- Dotación presupuestaria.
La cuantía total máxima destinada a las subvenciones incluidas en esta convocatoria es de 250.000,00 euros, e irán
imputadas a los créditos presupuestarios consignados en la aplicación presupuestaria 204/43302/77000/0800, del ejercicio
económico de 2024.
Dicho importe inicial podrá verse incrementado en una cuantía adicional derivada de cualquiera de los supuestos previstos
en el artículo 58.2 a) del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuya aplicación a la
concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria. La efectividad de dicha cuantía adicional queda
condicionada a la disponibilidad del crédito presupuestario previa a la modificación presupuestaria que proceda, en un
momento anterior a la resolución de la concesión de las subvenciones.
Cuarto.- Solicitudes y documentación.
El plazo para presentar las solicitudes será de 1 mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y se dirigirán, acompañadas del resto de la documentación requerida
en estas bases, al Presidente de la Diputación de Badajoz.
Las solicitudes se tramitarán a través del registro electrónico, ubicado en la sede electrónica de Diputación de Badajoz en la
dirección: https://sede.dip-badajoz.es, conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y la Ordenanza
reguladora del Procedimiento Administrativo Electrónico y del registro electrónico en la Diputación de Badajoz.
La presentación de las solicitudes, a través de la sede electrónica podrá realizarse durante las 24 horas de todos los días del
plazo establecido, y deberá realizarse con certificado digital. Siguiendo los sucesivos pasos indicados en esta base.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán descargar en las
siguientes direcciones Web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
Los documentos electrónicos aportados junto con la solicitud, debidamente firmados, se considerarán copias electrónicas
auténticas de los documentos en soporte papel y su fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma
electrónica con la que se firma la solicitud.
La Diputación Provincial de Badajoz podrá en cualquier momento requerir al interesado la exhibición del documento o de la
información original o solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas.
La presentación de la solicitud implicará que se autoriza expresamente a la Diputación Provincial de Badajoz para el
tratamiento automatizado de todos los datos contenidos en ella, según lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de los derechos digitales, y supone la aceptación de la
subvención por parte del solicitante de la misma, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en caso de concederse.
Alternativamente, la solicitud de subvención y la documentación que debe acompañarla podrá tramitarla a través de las
oficinas municipales de ubicación de las aplicaciones informáticas que interactúen con el Sistema de Interconexión de
Registros (SIR), e igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, por la
que se regula el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá tramitarla a través de
cualesquiera de los lugares y por los medios establecidos en dicho precepto.
Las personas interesadas deberán presentar su solicitud, formulada conforme al modelo que figura como anexo I en las
bases de esta convocatoria, acompañada de la siguiente documentación:
1. Memoria descriptiva de la actividad empresarial a desarrollar, donde deberán figurar, entre otros aspectos,
los siguientes: Descripción de la actividad (necesidades a cubrir, público objetivo, descripción del producto y
del proceso productivo, etc.), descripción de las instalaciones, listado de proveedores (ubicación, etc.),
descripción del proyecto de inversión para el que se solicita la subvención, sector de actividad empresarial a
desarrollar y previsiones de generación de empleo en la actividad a desarrollar.
2. Plan de inversiones (anexo III).
3. Declaración responsable de carácter general (anexo IV).
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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