Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Llerena. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). (00946/2024)
Convocatoria pública de las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias por parte del Ayuntamiento de Llerena
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Ayuntamiento de Llerena

Anuncio 946/2024

ayudas, se procederá al reintegro del exceso obtenido sobre el
coste de la actuación financiada.
4. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de
ingresos de derecho público, siguiéndose para su cobranza el
procedimiento previsto en la normativa de régimen local y estatal
que resulte de aplicación en este ámbito.
XVI.- Publicidad y protección de datos:
1. Los datos de identidad de las personas beneficiarias de las
ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias no
serán objeto de publicación para salvaguardar el honor y la
intimidad personal y familiar de las personas físicas en virtud de lo
establecido en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de
protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y
familiar y a la propia imagen.
La concurrencia al proceso de concesión implicará la
manifestación tácita de consentimiento inequívoco al tratamiento
de datos de carácter personal, todo ello de conformidad con la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales.
2. De conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales:
Responsable del tratamiento de sus datos: Ayuntamiento
de Llerena.
Finalidad del tratamiento de los datos: Gestionar las
ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias
reguladas en el decreto 110/2021, de 22 de septiembre,
por el que se regulan las ayudas extraordinarias de apoyo
social para contingencias (DOE número 187, de 28 de
septiembre 2021).
Tiempo de conservación de los datos: La información será
conservada hasta la finalización del expediente y
posteriormente durante los plazos legalmente previstos en
la normativa y durante el plazo que un juez o tribunal los
pueda reclamar. Cumplidos esos plazos el expediente
puede ser trasladado al archivo municipal de acuerdo con
la normativa vigente y, en su caso, destruidos con arreglo a
lo establecido en la normativa de aplicación.
Legitimación para el tratamiento de los datos: Ejercicio de
los poderes públicos (artículo 6.1 e) del RGPD).
Cesión de datos: Los datos podrán ser transferidos a otros
organismos u órganos de la Administración Pública sin
precisar el previo consentimiento de la persona interesada,
cuando así lo prevea una norma de derecho de la Unión
Europea o una Ley, que determine las cesiones que
procedan como consecuencia del cumplimiento de la
obligación legal.
Derechos: Acceso, rectificación, cancelación, portabilidad,
supresión, limitación del tratamiento y oposición.
Cualquier persona tiene derecho a obtener confirmación
sobre la existencia de un tratamiento de sus datos, a
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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