Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). (00964/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional Bonhaval III
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros

Anuncio 964/2024

comunidad. En este proyecto, se trabajará la adquisición o mejora de las siguientes competencias:
Autoconfianza, comunicación, cumplimiento de tareas, gestión del tiempo, capacidad de relación, flexibilidad
y tolerancia a la frustración, análisis y resolución de problemas y fomento de la iniciativa y espíritu
emprendedor.
20.- Delegada/o de taller.
Entre las funciones de los/as delegados/as, están:
- Representar a su grupo ante el equipo directivo-docente.
- Cooperar con los monitores en el mantenimiento del orden de los espacios de formación y trabajo
asignados al grupo, haciéndose cada persona responsable de las tareas que le hayan sido encomendadas.
- Asistir a las reuniones que por su cargo le correspondan.
- Proponer acciones y actividades al equipo técnico y docente de la Escuela Profesional, que convengan a los
alumnos a los que representan por decisión consensuada de los mismos.
- Informar a sus compañeros y compañeras de los aspectos relativos a su taller.
- Elaborar y redactar propuestas para el equipo por iniciativa propia o a petición de sus compañeros y
compañeras.
- Comunicar a la dirección y/o a los miembros del equipo docente de los posibles problemas que se generen
en el taller.
21.- Auxiliar Administrativo.
Ejerce las funciones propias de su puesto y colabora en la ejecución de cuantas tareas administrativas surjan
en el funcionamiento de la Escuela Profesional Escuela Profesional Dual de Empleo "Bonhaval III."
Lleva a cabo la ejecución concreta de los proyectos incluidos en el Área de Administración y Gestión, bajo la
coordinación de la Directora.
- Recibir, conservar y distribuir los documentos, objetos y correspondencia que a tales efectos le sean
encomendados.
- Custodiar y colaborar en el mantenimiento del mobiliario, máquinas, instalaciones y locales.
- Atender las indicaciones dadas por el profesorado siempre y cuando sean de su competencia.
- Responsabilizarse directamente del funcionamiento del proyecto sobre "Documentación".
IV. CONDICIONES LABORALES
Las condiciones laborales del personal de la Escuela Profesional Dual de Empleo "Bonhaval III", por ser personal contratado
por el Ayuntamiento de Villafranca de los Barros, serán las aprobadas en el "Acuerdo regulador de las condiciones de
trabajo del personal al servicio del Ayuntamiento de Villafranca de los Barros". En lo no establecido en este convenio se
estará a lo dispuesto en normativa superior que lo regule.
No obstante, y sin perjuicio de lo dictado en dicho convenio, por la consideración de proyecto de formación para el empleo,
y las particularidades que ello conlleva, se establecen las siguientes especificaciones.
22.- Horarios:
- El horario oficial de la Escuela Profesional Dual de Empleo "Bonhava Il" de Villafranca de los Barros es de
7:45 horas a las 15:15 horas de lunes a viernes.
- Se considerará jornada laboral tanto las horas dedicadas a la formación teórico-práctica, como las dedicadas
a trabajos reales.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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