Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (00808/2024)
Aprobación de las bases y convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la iniciativa empresarial por parte de personas jóvenes con titulación universitaria, formación profesional de grado superior o certificado de profesionalidad nivel 3
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo

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En el caso de que se requiera la subsanación o presentación de alguno de los anexos a las bases, estos deberán ser los
correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán descargar las direcciones web que se indican en la base 9.
Base 12. Criterios de valoración.
Como se establece en la base 4, el régimen de concesión de estas subvenciones es el de concurrencia competitiva,
entendiendo por tal el procedimiento en el que la concesión de las subvenciones se realiza mediante la comparación previa
de las solicitudes presentadas, con el fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con unos criterios de
valoración prefijados en las bases reguladoras, y la asignación posterior de las subvenciones, con los límites individuales por
empresa y el del crédito disponible para esta convocatoria, a aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación
de los citados criterios.
A tales efectos, cada solicitud recibida se evaluará y valorará hasta un máximo de 50 puntos conforme a los siguientes
criterios:

Criterios de valoración
1.º Promoción de la lucha contra la
despoblación de las zonas
rurales

Aspectos a valorar
Número de habitantes de la localidad en la que se
va a desarrollar la actividad:

Ponderación y
puntuación máxima
Hasta 20 puntos

≥ 20.000 hab 5 puntos.
≥10.000 hab y < 20.000 hab 10 puntos.
≥ 5.000 hab y < 10.000 hab 15 puntos.
< 5.000 hab 20 puntos
2.º Sector de la actividad

Sector en el que se encuadra la actividad económica
que se va a desarrollar:

Hasta 15 puntos

Agroalimentario, industrias culturales, turismo,
economía verde, energías renovables, salud y
bienestar, y transformación digital: 15 puntos
Comercio, actividades profesionales, científicas y
técnicas: 10 puntos
Otros: 5 puntos
3.º Generación y potencialidad en la
generación de empleo

Empleo creado o a crear (incluida la persona
trabajadora autónoma):

Hasta 15 puntos

Creación de más de 4 puestos de trabajo: 15
puntos.
Creación de 3 a 4 puestos de trabajo: 10 puntos.
Creación de 1 o 2 puestos de trabajo: 5 puntos.
La puntuación total mínima a alcanzar en los 3 criterios será de 10 puntos. Por debajo de ese límite se desestimarán las
solicitudes de subvención.
La cantidad a subvencionar será proporcional a los puntos obtenidos, con el límite del importe solicitado, y siempre limitada
a la cuantía máxima de la subvención establecida en la base 7 y a la no superación del crédito total consignado especificado
en la base 2.
El procedimiento concreto para la valoración de las solicitudes y el cálculo de las cantidades a subvencionar es el que se
recoge en la siguiente base.
Base 13. Cálculo de los importes de las subvenciones.
En la fase de instrucción, el órgano competente seguirá la siguiente secuencia de actuaciones para el cálculo de los importes
de las subvenciones:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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