Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Táliga. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (00911/2024)
Bases reguladoras de la convocatoria para la provisión de una plaza de Auxiliar Administrativo, como personal laboral fijo mediante concurso, incluidas en la oferta de empleo público extraordinario de estabilización de empleo temporal
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Ayuntamiento de Táliga

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Cargo

Identidad

Vocalía

Un empleado/a público, nombrado por otra administración pública, de igual o superior grupo de
clasificación profesional.

Secretaría

El/la de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue, que actuará solo con voz, pero sin
voto, y se ceñirá a la labor de dar fe pública

El Tribunal podrá disponer la incorporación a su labor en el proceso selectivo de asesores especialistas, para aquellos
aspectos concretos del proceso selectivo debido a la especialización técnica del trabajo a realizar. Su función se circunscribe
a un mero asesoramiento, es decir actúan con voz, pero sin voto, no participan en la toma de decisiones del Tribunal. Los
asesores deberán guardar sigilo y confidencialidad acerca de los datos y asuntos sobre los que tengan conocimiento a
consecuencia de su colaboración en el Tribunal.
El Tribunal podrá designar personal colaborador para el desarrollo del proceso de selección, que actuará bajo su dirección,
cuando la complejidad del mismo proceso selectivo lo aconseje.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexta. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos.
Procedimiento de selección: Concurso.
En la fase de concurso se tendrá en cuenta mayoritariamente la experiencia en el cuerpo, escala, categoría o equivalente de
que se trate. Atendiendo a la especificidad de las funciones del puesto de trabajo concreto y la propia estructura
organizativa del Ayuntamiento de Táliga, se considera suficientemente justificado primar los servicios prestados en puestos
del Ayuntamiento de Táliga.
FASE CONCURSO Y CALIFICACIÓN
Los méritos que pueden apreciarse en la fase de concurso son los que siguen, con una puntuación máxima de 100 puntos.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso.

a) Experiencia: Hasta un máximo de 60 puntos
a1) Servicios prestados como personal funcionario interino, personal
laboral temporal o indefinido no fijo ocupando la plaza objeto de la
convocatoria

1 punto por mes completo o parte
proporcional en periodos inferiores hasta un
máximo de 60 puntos

a2) Servicios prestados como personal funcionario interino, personal
laboral temporal o indefinido no fijo en cualquier cuerpo o escala de
la administración convocante

0,80 punto por mes completo o parte
proporcional en periodos inferiores hasta un
máximo de 60 puntos

a3) Servicios prestados como personal funcionario interino, personal
laboral temporal o indefinido no fijo, en el cuerpo, escala o categoría
profesional de la plaza objeto de la convocatoria en otra
administración distinta de las anteriores

0,60 punto por mes completo o parte
proporcional en periodos inferiores hasta un
máximo de 60 puntos

b) Formación: Hasta un máximo de 40 puntos
b1) Por poseer título superior al exigido en la convocatoria relacionada con el
puesto de trabajo hasta un máximo de 30 puntos

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Título de licenciado o graduado:
30
Título de diplomado o
equivalente: 20
Título de bachillerato, técnico
superior FP, FP 2 o equivalente:
10
Título de ESO, técnico medio FP,
FP 1 o equivalente: 5

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