Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00891/2024)
Extracto de las bases específicas reguladoras de la convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz, destinadas a ONGD y otras asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen Proyectos de Cooperación Internacional al Desarrollo durante 2024
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Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo

Anuncio 891/2024

ayudas públicas. Igualmente, dicha información se publicará en la Web de la Diputación de Badajoz
https://transparencia.dip-badajoz.es/en el apartado subvenciones, con indicación de los beneficiarios,
proyecto subvencionado e importe concedido en consonancia con lo dispuesto en el artículo 8.1c) de la Ley
19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Octavo.- Justificación de la subvención.
Al tratarse de subvenciones concedidas por importe inferior a 60.000,00 €, y conforme al artículo 75 del
Reglamento de la Ley 38/2003, se prevé la cuenta justificativa simplificada como documento con validez
jurídica para la justificación.
La justificación de la subvención otorgada deberá de efectuarse con fecha límite del 31 de marzo de 2025.
Podrá presentarse desde la fecha de finalización de la actividad subvencionada, finalizado o no el plazo de
ejecución.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, P.D.: La Diputada-Delegada del Área de Políticas Sociales y Cooperación
Internacional al Desarrollo, (Decreto de 1 de julio de 2023 BOP de 3 de julio de 2023), Ana Belén Valls Muñoz.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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