Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00898/2024)
Bases de la convocatoria para una plaza de Gerente de Dinamización Comercial de Zafra, y constitución de bolsa de trabajo
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Ayuntamiento de Zafra

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Zafra
Zafra (Badajoz)
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Bases de la convocatoria para una plaza de Gerente de Dinamización Comercial de Zafra, y constitución de bolsa de trabajo

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN CON CARÁCTER TEMPORAL, DE UN/A GERENTE PARA LA
DINAMIZACIÓN COMERCIAL DE ZAFRA, Y CONSTITUCIÓN DE BOLSA DE TRABAJO
Por la presente se pone en conocimiento del público en general que esta Alcaldía, mediante resolución número 2024-0766,
de fecha 28 de febrero de 2024, ha resuelto aprobar las bases que han de regir las pruebas selectivas para la contratación
con carácter temporal de un/a Gerente para la dinamización comercial de Zafra y constitución de bolsa de trabajo, con el
siguiente tenor literal:
Primero: Aprobar las bases que han de regir las pruebas selectivas para la provisión mediante el sistema de
oposición libre, de una plaza de Gerente para la dinamización comercial, grupo A, subgrupo A2. (Titulado
Medio), para su cobertura temporal en la plantilla de este Excmo. Ayuntamiento por un periodo aproximado
de tres años, ordenando su publicación en el BOP de Badajoz, tablón de anuncios de la Oficina de Industria de
este Ayuntamiento y Sede Electrónica.
Segundo: Convocar el proceso selectivo para cubrir la plaza anterior que se regirá por las siguientes bases:
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN CON CARÁCTER TEMPORAL, DE UN/A GERENTE PARA LA
DINAMIZACIÓN COMERCIAL DE ZAFRA Y CONSTITUCIÓN DE BOLSA DE TRABAJO
Primera.- Objeto de la convocatoria.
1.1.- Objeto. Es objeto de las presentes bases regular la selección a través del sistema de oposición libre, para
la contratación como funcionario interino de un/a Gerente para la Dinamización Comercial, para la ejecución
de programa de carácter temporal, tomando en consideración la resolución de 10 de octubre de 2023, de la
Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria de las ayudas para la contratación de gerente para la
dinamización comercial correspondiente al ejercicio 2023.
La contratación se financiará a través de la resolución de concesión de ayuda solicitada al amparo de la
Orden de 28 de julio de 2022, por la que se establece las bases reguladoras de las ayudas para la contratación
de gerentes para la dinamización comercial, con la finalidad de contratar personas para la gerencia de la
dinamización comercial con la tarea de promocionar y dinamizar el pequeño comercio minorista de la
localidad, en todas las áreas y espacios comerciales, incluidos los mercados de abastos.
1.2.- Contratación. Como la actividad no puede ser desarrollada por el personal de plantilla de este
Ayuntamiento. Se considera una contratación de carácter excepcional de conformidad artículo 10.1.c) del Real
Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público: Funcionario Interino por ejecución de programa de carácter temporal, que no
podrá tener una duración superior a tres años, ampliable hasta doce meses más por las leyes de Función
Publica que se dicten en desarrollo de este Estatuto.
Estimándose en este caso, una duración aproximada de tres años a partir del 1 de abril de 2024 y hasta el 31
de marzo de 2027, a jornada completa.
1.3.- Constitución de bolsa de trabajo. En el caso de que la prestación del servicio sea rescindida, el
Ayuntamiento podrá optar por la contratación de otra persona gerente en sustitución de la persona cesante
hasta finalizar el periodo de tres años a contar desde el inicio de la prestación del servicio del primero. Para
ello y por orden de puntuación, se creará una bolsa de trabajo, entre los aspirantes aprobados.
Con la aprobación de esta convocatoria se dejan sin efectos convocatorias o listas de esperas convocadas
anteriormente, para los mismos fines o para supuestos análogos.
1.4.- Retribución. El salario bruto mensual, incluyendo el prorrateo de dos pagas extraordinarias, será de
2.040,27 euros. Correspondiendo a un grupo A2, con complementos equiparables a los trabajadores
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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