Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00899/2024)
Bases de la convocatoria para el acceso a dos plazas de Agente de la Policía Local, por el sistema de movilidad, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Zafra
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Ayuntamiento de Zafra

Anuncio 899/2024

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante del
proceso selectivo.
Derechos de examen: Para la admisión a las pruebas selectivas será obligatorio haber
satisfecho los derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso
contrario se procederá a la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación del
justificante de ingreso de los derechos de examen, supondría sustitución del trámite de
presentación de la solicitud en tiempo y forma.
Los derechos de examen serán de 23,70 euros, que se abonarán siguiendo el procedimiento
establecido a continuación, indicando en el concepto "pruebas selectivas movilidad Policía
Local".
De acuerdo con lo establecido en la Ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Zafra (publicada en
el BOP número 201 de 21 de octubre de 2022), reguladora de la tasa por derecho de examen,
en convocatorias para acceder a la función pública, estará bonificada o exenta la cuota de la
tasa:
a) Si la unidad familiar a la que pertenece el solicitante dispone de unos ingresos anuales, por
todos los conceptos, inferiores al importe del Salario Mínimo Interprofesional, descuento del
100%. Para la aplicación de la mencionada exención el aspirante deberá acreditar las
circunstancias descritas anteriormente mediante certificado de empadronamiento colectivo,
más vidas laborales de cada integrante mayor de 16 años y certificado de ingresos o
Declaración IRPF año anterior o en su defecto certificado emitido por la AEAT de no
presentación
b) Por desempleo, descuento del 50% en el pago de la tasa de los sujetos pasivos que figuren
como demandantes de empleo, para la aplicación de la mencionada bonificación el aspirante
deberá acreditar las circunstancias descritas anteriormente mediante el correspondiente
certificado emitido por el SEXPE.
c) Por discapacidad igual o superior al 33%, descuento del 25% que se acreditarán con el
certificado expedido por el CADEX.
d) Las bonificaciones de los apartados b) y c) no serán acumulables.
No se admitirá ningún otro certificado, informe o documento distinto de los mencionados al
objeto de acreditar la condición de demandante de empleo a fecha de presentación de la
solicitud.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite
de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
El abono de tasas se realizará atendiendo a lo siguiente:
a) Los sujetos participantes deberán realizar autoliquidación en los impresos habilitados al
efecto por la Administración municipal (anexo III) y realizar su ingreso en cualquier entidad
bancaria autorizada Banco Santander SA, IBAN ES54 0049 6002 0922 1663 2119, antes de
presentar la correspondiente solicitud de inscripción, no admitiéndose el pago fuera de dicho
plazo.
b) La falta de pago de la tasa en el plazo señalado en el párrafo anterior, determinará la
inadmisión del aspirante a las pruebas selectivas.
c) A la solicitud de inscripción habrá de acompañarse, en todo caso, copia de la autoliquidación
(anexo III), debidamente ingresada. En el caso de que el aspirante sea una de las personas
exentas o con reducción de pago, deberá presentarse la documentación que en el mismo se
indica.
d) Cuando por causas no imputables a la persona participante, la actividad técnica y/o
administrativa que constituye el hecho imponible de la tasa no se realice, procederá a la
devolución del importe correspondiente. Procederá, asimismo, la devolución cuando los
ingresos se declaren indebidos por resolución o sentencia firme o cuando se haya producido
una modificación sustancial de las bases de la convocatoria. Por tanto, no procederá
devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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