Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdecaballeros. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00880/2024)
Aprobación definitiva del acuerdo de Pleno de 10 de enero de 2024, sobre implantación del Sistema de Información (SII) del Ayuntamiento de Valdecaballeros y aprobación del Reglamento regulador del procedimiento de gestión
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Ayuntamiento de Valdecaballeros
Anuncio 880/2024
Primera.- Lo establecido en este Reglamento se entiende sin perjuicio de las competencias legalmente
atribuidas a las demás administraciones públicas que tengan competencia sobre la materia.
Segunda.- El presente Reglamento y sus modificaciones, entrarán en vigor al día siguiente de su publicación
íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia, conforme a lo establecido en los artículos 65.2 y 70.2 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local -LRBRL-, y permanecerá vigente hasta que no
se acuerde su modificación o derogación expresa.
Contra el presente acuerdo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguientes la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
En Valdecaballeros, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, M.ª del Carmen Rodríguez Rodríguez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Primera.- Lo establecido en este Reglamento se entiende sin perjuicio de las competencias legalmente
atribuidas a las demás administraciones públicas que tengan competencia sobre la materia.
Segunda.- El presente Reglamento y sus modificaciones, entrarán en vigor al día siguiente de su publicación
íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia, conforme a lo establecido en los artículos 65.2 y 70.2 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local -LRBRL-, y permanecerá vigente hasta que no
se acuerde su modificación o derogación expresa.
Contra el presente acuerdo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguientes la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
En Valdecaballeros, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, M.ª del Carmen Rodríguez Rodríguez.
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