Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera la Real. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (00779/2024)
Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
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Ayuntamiento de Higuera la Real

Anuncio 779/2024

4. Se concederá una bonificación del 50 por 100 a favor de aquella parte de las construcciones, instalaciones u obras que
favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad de los discapacitados. La bonificación prevista en este punto se aplicará
a la cuota resultante de aplicar, en su caso, las bonificaciones a que se refieren las letras anteriores.
5. La concesión de las bonificaciones del presente artículo se realizará a instancia del interesado, que deberá aportar en
cada caso la documentación que justifique su acogimiento a alguno o algunos de los supuestos enumerados.
6. Las condiciones que den derecho a la aplicación de las bonificaciones previstas en este artículo deberán ser mantenidas
durante el plazo de cinco años siguientes a su concesión."
Higuera la Real, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Juan Ramón Luna Carretero.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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