Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00692/2024)
Propuesta de Alcaldía para modificar el acuerdo plenario por el que se aprobó la creación del Consorcio Integral para la Recuperación Monumental, Patrimonial, Social y Urbanística del Casco Antiguo de Badajoz y sus estatutos
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Ayuntamiento de Badajoz

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Esas mejoras hacen referencia en cuanto a la Comisión de Seguimiento del Convenio, como al Consejo Recto como órgano
máximo de Gobierno del Consorcio, y el texto inicial solo se preveían reuniones presenciales, y ahora se introduce también
la posibilidad de hacer reuniones telemáticas.
Y también, en el art. 27, en cuanto a la disolución y liquidación del Consorcio, si llegara ese momento, en el texto inicial solo
se hace una referencia muy breve a ello, y ahora se detalla ya cual sería ese procedimiento de liquidación.
Lo que viene a decir es básicamente hacer un traslado de la legislación básica estatal, de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico
del Sector Público, en cuanto al proceso de liquidación.
Y ya está, son cuestiones que en ningún caso son transcendentales, pero al no ser el texto exactamente igual que el
aprobado aquí, pues se tiene que volver a aprobar."
Interviene la Sra. Baños Jorge, del Grupo Municipal del Partido Socialista Obrero Español, que manifiesta: "Solo me gustaría
intervenir para hacer un apunte con respecto a las modificaciones, hemos entendido que hay también una modificación con
respecto a la paridad y al lenguaje inclusivo, ¿es cierto?, pues nos gustaría celebrar que hayan tenido en cuenta la petición
que ya hicimos en este Pleno, cuando se trató el tema del Consorcio, en relación a la paridad y al lenguaje inclusivo.
Al final el lenguaje configura nuestro marco conceptual y cognitivos, y la visibilidad también en el lenguaje y en la redacción
de documentos, máxime cuando son documentos oficiales es necesaria, porque lo que no se nombra no existe.
Así que, bueno, como ya dijimos en su momento, pensamos que es una modificación oportuna y más que necesaria, ojalá
cundiera el ejemplo también en las intervenciones en este Pleno."
Manifiesta la Ilma. Alcaldía-Presidencia: "bueno, para aclarar, lo que hace referencia la modificación es a la Ley de Igualdad, y
por tanto a la paridad en la composición de los órganos, no hace referencia expresa al lenguaje, sí a la composición paritaria
de todos los órganos de decisión del consorcio.
Si no tenemos más cuestiones pasamos a la votación."
Considerado el asunto suficientemente debatido, el Excmo. Ayuntamiento Pleno acuerda, por unanimidad de los presentes
(veintisiete asistentes), aprobar la propuesta que antecede, dándole carácter de acuerdo corporativo plenario, y, en
consecuencia el texto definitivo del "Consorcio Integral para la Recuperación Monumental, Patrimonial, Social y Urbanística
del Casco Antiguo de Badajoz", y sus Estatutos, del siguiente tenor literal:
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA, LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE
BADAJOZ Y EL AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ, PARA LA CREACIÓN DEL «CONSORCIO INTEGRAL PARA LA RECUPERACIÓN
MONUMENTAL, PATRIMONIAL, SOCIAL Y URBANÍSTICA DEL CASCO ANTIGUO DE BADAJOZ» Y SUS ESTATUTOS
En Mérida, a (…) de (…) de 2023
REUNIDOS:
De una parte, doña María Guardiola Martín, Presidenta de la Junta de Extremadura, nombrada por Real Decreto 648/2023,
de 14 de julio, (BOE n.º 168 de 15 de julio) en ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo 15 y concordantes del
Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de
enero, y las funciones asignadas en la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
De otra parte, don Miguel Ángel Gallardo Miranda, Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz, con CIF P0600000D, y
domicilio social en c/ Felipe Checa, 23, 06071 Badajoz; nombrado en sesión constitutiva de 1 de julio de 2023, actuando en
nombre y representación de la misma, en ejercicio de las competencias que a tal efecto le atribuye el artículo 34.1 b) de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y en virtud del acuerdo Plenario de 27 de octubre de
2023, que acuerda la aprobación del Consorcio del Casco Antiguo de Badajoz y faculta al Presidente para la firma del
presente convenio.
Y de otra parte, don Ignacio Gragera Barrera, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Badajoz, en uso de las atribuciones
que le confiere el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y con facultades
para este acto y en virtud del acuerdo Plenario de 27 de marzo de 2023, que acuerda la aprobación del Consorcio del Casco
Antiguo de Badajoz y faculta al Alcalde para la firma del presente convenio.
Todas las partes intervienen en el ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas y se reconocen mutua y
recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para formalizar el presente convenio, y a tales efectos

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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