Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Siberia (Talarrubias). Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00694/2024)
Bases que han de regir la convocatoria para cubrir un puesto de Conductor/a-Operario/a para el Servicio de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos de la Mancomunidad de Municipios Siberia mediante concurso-oposición libre
13 páginas totales
Página
Mancomunidad de Municipios Siberia

Anuncio 694/2024

puntaciones obtenidas, no pudiendo superar la misma, la puntuación total de treinta puntos.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntación
en la sede electrónica de Mancomunidad de Municipios Siberia (https://sede.mancomunidadsiberia.es), precisándose que el
número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas. Dicha relación se elevará al Presidente
de la Mancomunidad para que proceda a la formalización del correspondiente contrato.
El/a aspirante propuesto aportará ante la Administración, dentro del plazo de cinco días naturales desde que se publican en
el tablón de anuncios de la Sede electrónica de Mancomunidad, para su contratación los siguientes documentos
acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria:
A.- Certificado médico que indique que el aspirante posee la capacidad funcional para el desempeño de las
tareas del puesto de trabajo de la convocatoria.
B.- Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio en
ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
C.- Copia del carnet de conducir tipo C.
D.- Copia del CAP.
E.- Certificado de escolaridad o titulación superior.
El/a aspirante propuesto, dentro del plazo indicado y salvo en caso de fuerza mayor, no presentase la documentación
anteriormente citada o se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser contratado/a quedando
anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su
solicitud de participación.
Décima.- Constitución de bolsa de trabajo.
Se constituirá una bolsa de trabajo con las personas que superen el proceso de selección y no resulten contratadas, a fin de
que pueda ser utilizada en futuros llamamientos que pudieran resultar necesarios para cubrir vacantes temporalmente
debidas a bajas por enfermedad, maternidad, paternidad, vacaciones etc.
La bolsa será ordenada según la puntuación obtenida.
El orden de llamamiento de los aspirantes inscritos en la bolsa de esta Mancomunidad ser por: Sistema rotativo.
El llamamiento a los candidatos se efectuará por orden de prelación (de mayor a menor) y de forma rotatoria hasta agotar la
bolsa, es decir hasta que no hayan sido todos los componentes nombrados, éstos no podrán repetir.
El tiempo de período mínimo será: De tres meses.
- Si la contratación del trabajador no supera los tres meses, éste conservara su puntuación y su posición en la
bolsa de trabajo a efectos de ser incluido en nuevos llamamientos.
- Si la contratación del trabajador, tras el primer o sucesivo llamamiento el tiempo de trabajo total prestado
supera los tres meses, el trabajador pasará al último puesto de la bolsa.
La renuncia inicial a una oferta de trabajo, o la renuncia durante la vigencia del contrato, no darán lugar a la exclusión de la
bolsa de trabajo, pero ocasionará un cambio de lugar del puesto, dentro de la misma, pasando a ocupar el último puesto
como integrante de la bolsa.
Son causas que justifican la renuncia a una oferta de trabajo y que implican el mantenimiento dentro de la bolsa de trabajo:
— Estar en situación de ocupado, prestando servicios en la Mancomunidad como personal contratado, en
cualquiera de las formas admitidas en derecho, laboral o funcionario interino.
— Estar en situación de suspensión por accidente, baja por enfermedad, intervención quirúrgica,
internamiento hospitalario, maternidad, embarazo de alto riesgo y situación de riesgo o necesidad acreditada
por facultativo que exija la lactancia natural de menores de nueve meses. La acreditación documentada de la
finalización de tal circunstancia dará lugar a la reposición en el mismo lugar del orden de lista en las bolsas de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 8 de 13