Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Sancti-Spiritus. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00695/2024)
Bases de la convocatoria para la selección por concurso-oposición de una plaza de Auxiliar Administrativo de Administración General, con carácter de interino
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Ayuntamiento de Sancti-Spiritus

Anuncio 695/2024

igual o superior a 2,00 puntos.
El Tribunal Calificador adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de
oposición, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes. Se excluirá a aquellos opositores
en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los
mismos.
Decimoprimera.- Calificación definitiva.
◦ Calificación definitiva: Será la suma aritmética total de la calificación obtenida en la fase de oposición por
cada aspirante aprobado, más la calificación obtenida en la fase de concurso, solo en caso de haber superado
la fase de oposición. Así se determinara el orden de clasificación definitiva. En caso de empate, se dará
prioridad a la calificación obtenida en la fase de oposición y si persiste el empate, se atenderá a la mayor
puntuación obtenida en experiencia profesional, después en formación y finalmente en méritos académicos.
Si persistiera el empate, el Tribunal podrá convocar otra prueba para el desempate.
Decimosegunda.- Relación de aprobados y acreditación de requisitos exigidos.
Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en la sede electrónica del Ayuntamiento, y en el tablón de
anuncios del mismo, la relación de aprobados, por orden de puntuación y elevará dicha relación a la Alcaldía conforme a los
siguientes términos:
a) Aspirante propuesto para su nombramiento como personal interino del Ayuntamiento.
b) Lista de reserva a efectos de cobertura de renuncias o vacante por cualquier otra circunstancia, de tal
modo que, además del aspirante propuesto para el nombramiento, el órgano de selección establecerá entre
los restantes aspirantes, por orden de puntuación, una lista de espera, con fines de cobertura de nuevas
necesidades temporales para la Administración convocante.
Abriéndose un plazo de cinco días hábiles, en el transcurso de los cuales se podrán formalizar las reclamaciones que se
estimen pertinentes por los aspirantes.
Una vez resueltas por el Tribunal de Selección las reclamaciones que hubiesen sido presentadas el Tribunal levantara nuevo
acta, donde quedaran atendidas dichas reclamaciones, en caso de que las hubiere, procediéndose a su publicación de la
misma forma señalada más arriba.
En el plazo de 5 días, la Alcaldía dictará resolución en la que resolviendo los recursos deducidos determine la relación
definitiva de aprobados y dispondrá su nombramiento como funcionario interino conforme a las condiciones establecidas
en la presente convocatoria.
El aspirante propuesto para su nombramiento estará obligado a presentar, en el Registro General de la Corporación, dentro
del plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados, los siguientes
documentos:
Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna
de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Certificado médico de no padecer enfermedad, defecto físico o psíquico que le incapacite para el desempeño de las
funciones propias del cargo.
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se
dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
Las propuestas de nombramiento serán adoptadas por el órgano competente a favor de los aspirantes según el orden de
prelación de la relación de personas aprobadas. Si la persona aspirante al que le correspondiese el nombramiento no fuera
nombrada, bien por desistimiento o por no reunir los requisitos exigidos, se convocará a la siguiente candidata que hubiera
superado el proceso de selección.
Asimismo, se informará a los aspirantes acerca del tratamiento de sus datos personales y del compromiso de
confidencialidad con ocasión de la relación que se entabla con el Ayuntamiento.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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