Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00683/2024)
Bases de la convocatoria para la contratación de un Gerente de Dinamización Comercial
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros

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Durante la exposición el aspirante no podrá aportar ningún medio audiovisual. No obstante, el
Tribunal, para garantizar la igualdad de oportunidades, podrá determinar y facilitar los medios
que estime oportunos para la realización de esta prueba.
Calificación de los ejercicios: Los ejercicios tendrán carácter eliminatorio; serán valorados de 0 a
10 puntos cada uno, siendo necesario obtener 5 puntos para superarlos. Los aspirantes que
obtengan en el primer ejercicio 5 o más puntos serán los que realizarán el segundo ejercicio.
Calificación definitiva: La puntuación obtenida en el primer ejercicio supondrá el 40 % de la
calificación definitiva y la puntuación obtenida en el segundo ejercicio supondrá el 60 % de la
misma. La calificación definitiva será la suma aritmética de ambos porcentajes.
En caso de empate el Tribunal propondrá al aspirante que mayor puntuación haya obtenido en
el primer ejercicio, si se mantiene el empate se recurrirá a un sorteo público.
Octava.- Relación ordenada de aprobados.
Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará por orden de puntuación, un anuncio que
contendrá las notas finales de los aspirantes y el que resulta seleccionado y elevará dicha relación al Sr.
Alcalde-Presidente formulando la propuesta provisional de contratación. Será seleccionado el aspirante que
haya obtenido la mayor puntuación, sin que pueda superar el número de aspirantes seleccionados al del
puesto objeto de esta convocatoria que es uno.
El resultado se expondrá en el tablón de anuncios del Portal del Ciudadano de la sede electrónica del
Ayuntamiento de Villafranca de los Barros, abriéndose un plazo de 2 días hábiles, en el transcurso de los
cuales se podrán formalizar las reclamaciones que se estimen pertinentes por los aspirantes.
Una vez resueltas por el Tribunal de Selección las reclamaciones que hubiesen sido presentadas el Tribunal
levantará nueva acta, donde quedarán atendidas dichas reclamaciones, en caso de que las hubiere.
Procediéndose a su publicación de la misma forma señalada más arriba. Si no hubiera reclamaciones, la
propuesta provisional de contratación será elevada a definitiva.
Novena.- Bolsa de trabajo.
Finalizado el proceso selectivo, con los aspirantes aprobados y no seleccionados para el puesto de trabajo, se
establecerá una bolsa de trabajo durante las anualidades del segundo trimestre de 2024, año 2025, año 2026
y primer trimestre de 2027, según se establece en el artículo 29 del Reglamento de Ingreso del Personal en la
Comunidad Autónoma de Extremadura, atendiendo al orden de sus puntuaciones finales, para atender
posibles necesidades temporales o renuncias en el puesto objeto de esta convocatoria.
Décimo.- Documentación a presentar por el aspirante.
El aspirante propuesto presentará en el Registro general de este Ayuntamiento, en el plazo que se señale, la
siguiente documentación:
Fotocopia del DNI.
Fotocopia del Título académico exigido para tomar parte en las pruebas.
Fotocopia de número de cuenta bancaria. El aspirante deberá ser titular de la misma.
Fotocopia del permiso de conducción de clase B.
Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del
servicio de ninguna de las aministraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas.
Certificado médico de no padecer enfermedad, defecto físico o psíquico que le incapacite para el
desempeño de las funciones propias del cargo.
Quienes no presentaren la documentación o no reunieren los requisitos exigidos, salvo causas de fuerza
mayor, no se contratarán y quedarán anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este
caso el Sr. Alcalde formalizará el contrato a favor del aspirante que, habiendo superado la totalidad de los
ejercicios de la oposición, tuviera cabida en el número de plazas convocadas, a consecuencia de la referida
anulación.
Dado el tipo de servicio a realizar y la imposibilidad de prescindir del mismo, si por cualquier causa se
produjere la vacante del aspirante seleccionado, se procederá a nombrar al siguiente de la lista en sustitución
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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