Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00683/2024)
Bases de la convocatoria para la contratación de un Gerente de Dinamización Comercial
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
Villafranca de los Barros (Badajoz)
Anuncio 683/2024
Bases de la convocatoria para la contratación de un Gerente de Dinamización Comercial

Por la presente se pone en conocimiento del público en general que esta Alcaldía, mediante decreto número 282/2024, de
20 de febrero, ha resuelto aprobar las bases de la convocatoria para la contratación de un Gerente de Dinamización
Comercial.
HE RESUELTO:
Primero: Aprobar los criterios de selección que se desarrollan a continuación.
Primero.- Objeto de esta convocatoria.
1.- Objeto. Es objeto de la presente convocatoria la selección, a través del sistema de oposición
libre, para la contratación como funcionario interino, de un Gerente de Dinamización
Comercial, con motivo de la ejecución de un "Plan de Dinamización Comercial" a desarrollar en
la localidad de Villafranca de los Barros, durante las anualidades del segundo trimestre de
2024, año 2025, año 2026 y primer trimestre de 2027, y a jornada completa, atendiendo a lo
establecido en el artículo 10.c del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que no podrá tener una
duración superior a tres años, ampliable hasta doce meses más por las leyes de Función
Pública que se dicten en desarrollo de este Estatuto, subvencionados por resolución del
Secretario General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta
de Extremadura.
Se fundamenta la excepcionalidad de la contratación en la necesidad de promocionar y
dinamizar el pequeño comercio minorista de la localidad, en todas las áreas y espacios
comerciales, incluido el mercado de abastos. Actividades que no pueden ser desarrolladas por
el personal de plantilla de este Ayuntamiento. Por todo lo expuesto, se considera esta
contratación de carácter excepcional.
Las funciones a desarrollar serán:
El desarrollo de proyectos de animación comercial,
Promover la coordinación y cooperación con las asociaciones de comerciantes para que
estas desarrollen también proyectos de animación comercial.
Fomentar el asociacionismo comercial.
Promover la cooperación entre el sector comercio y entre este y otros sectores como el
turismo, el ocio y la hostelería.
Colaborar con la Secretaría de Economía y Comercio y con Extremadura Avante para
difundir y dar a conocer a los comerciantes los planes y medidas que se desarrollen
para el comercio minorista.
Con la aprobación de esta convocatoria se dejan sin efectos convocatorias o listas de esperas
convocadas, anteriormente, para los mismos fines o para supuestos análogos.
2.- Igualdad de trato: Todo el proceso selectivo se desarrollará en condiciones de igualdad
efectiva entre mujeres y hombres.
3.- Modalidad y duración del contrato: Funcionario Interinodurante las anualidades del
segundo trimestre de 2024, año 2025, año 2026 y primer trimestre de 2027, y a jornada
completa, atendiendo a lo establecido en el artículo 10.c del Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que no
podrá tener una duración superior a tres años, ampliable hasta doce meses más por las leyes
de Función Pública que se dicten en desarrollo de este Estatuto.
Siendo la fecha de inicio: 1 de abril de 2024.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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