Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabeza del Buey. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00647/2024)
Bases y convocatoria para la provisión de una plaza vacante de personal laboral fijo de Encargado General de Obras y Servicios
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Ayuntamiento de Cabeza del Buey

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7.2.5. Publicación de las respuestas consideradas correctas.
Finalizado el examen el Tribunal publicará en el tablón de anuncios la relación de
respuestas que considera correctas.
7.2.6. Alegaciones.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles para formular
alegaciones o dirigir reclamaciones al Tribunal sobre el contenido de las pruebas
y las respuestas que consideren correctas, a contar desde el día siguiente a la
publicación por el Tribunal de la relación de personas aprobadas en el tablón
electrónico de anuncios del Ayuntamiento. Dichas alegaciones o reclamaciones
serán resueltas por el Tribunal en el acuerdo en el que se publique la relación de
calificaciones de los aspirantes, haciendo constar, en su caso, las preguntas
anuladas en virtud de las impugnaciones planteadas, o acordadas de oficio por
el Tribunal, que serán sustituidas por las de reserva. El Tribunal deberá motivar
las respuestas que se modifiquen con respecto a las inicialmente publicadas y la
resolución de las alegaciones o reclamaciones presentadas.
Todo ello, sin perjuicio de los recursos que pudieran interponer los interesados
contra los actos definitivos o de trámite cualificados del proceso selectivo de
conformidad con lo establecido en la base quinta de la convocatoria.
7.3. Sistema de calificación.
Al ser los ejercicios evaluables por medios objetivos, la calificación final en la fase de oposición
será la suma de ambas puntuaciones.
Los ejercicios que constituyen la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio entre sí y su
calificación se determinará por el Tribunal otorgando un máximo de diez puntos a cada uno de
ellos, debiendo obtener al menos una puntuación de cinco puntos para superar cada ejercicio.
El ejercicio de la prueba tipo test, se valorará de 0 a 10 puntos, se calificará a razón de 0,20
puntos por cada respuesta correcta, restándose 0,10 puntos por cada respuesta incorrecta, no
puntuándose las preguntas no contestadas. Será necesario obtener un mínimo de 5 puntos
para superarla.
La prueba práctica, se valorará de 0 a 10 puntos, necesitando un mínimo de 5 puntos para
superarla. La determinación de la calificación se adoptará sumando las puntuaciones
otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de
asistentes a aquel, siendo el cociente la calificación definitiva. Las sumas de las puntuaciones
alcanzadas por cada aspirante aprobado en la fase de oposición, determinarán el orden de la
clasificación definitiva.
La calificación total se obtendrá por suma de las puntuaciones obtenidas en todos los ejercicios
y en la fase de concurso, hasta un máximo de veintiséis puntos, (concurso seis puntos máximo
y oposición veinte puntos máximo). En caso de empate, se resolverá por la mejor puntuación
obtenida en el primer ejercicio; si aún persistiese, a la mayor puntuación obtenida en el
segundo ejercicio, si aún a la obtenida en la fase de concurso y, por último, si aún persistiese
dicho empate, se resolverá por sorteo.
7.4. Publicación de los resultados.
Debido a la urgente e inaplazable necesidad de cubrir la plaza, el Tribunal evaluará los méritos
de la fase de concurso una vez calificadas las pruebas, pero en el mismo acto, de tal forma que
la publicación de los resultados de ambas fases se realizará en el acuerdo de propuesta de
resolución.
8. Octava.- Fase de concurso.
La valoración de los méritos se realizará de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Méritos relativos a la formación y titulación (con una puntuación máxima de 4 puntos):
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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