Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabeza del Buey. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00647/2024)
Bases y convocatoria para la provisión de una plaza vacante de personal laboral fijo de Encargado General de Obras y Servicios
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Ayuntamiento de Cabeza del Buey

Anuncio 647/2024

dará traslado al órgano competente.
5.3. Nombramiento de asesores.
El Tribunal podrá incorporar a sus trabajos asesores especialistas para actuar con voz y sin voto
en aspectos concretos que requieran una alta especialización, correspondiendo su
nombramiento al mismo órgano que designó al Tribunal.
5.4. Abstención y recusación.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran en ellos
circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público o en el artículo 13.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra en ellos
alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
5.5. Resolución de dudas.
Dentro del proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la
aplicación de estas bases y deberá adoptar los acuerdos necesarios que garanticen el buen
orden de la convocatoria, en todo lo no previsto por las presentes bases y la normativa
aplicable.
5.6. Indemnizaciones al Tribunal.
El Tribunal Calificador tendrá la categoría segunda a los efectos previstos en el Real Decreto
462/2002, de 24 de mayo y Orden HFP/793/2023, de 12 de julio, por la que se revisa el importe
de la indemnización por uso de vehículo particular establecida en el Real Decreto 462/2002, de
24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio (BOE de 17 de julio de 2023).
5.7. Régimen de recursos contra los actos del Tribunal.
Contra los actos y decisiones del Tribunal que imposibiliten la continuación del procedimiento
para el interesado o produzcan indefensión, se podrá interponer recurso de alzada ante la
Alcaldía en el plazo de un mes desde su respectiva publicación en los lugares señalados en esta
convocatoria y su resolución agotará la vía administrativa, sin perjuicio de cualquier otro
recurso que el interesado estime oportuno interponer, de conformidad la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5.8. Vinculación del Ayuntamiento a los acuerdos del Tribunal.
Las resoluciones del Tribunal vinculan al Ayuntamiento, sin perjuicio de que este, en su caso,
pueda proceder a su revisión, conforme a lo previsto en los artículos 106 y siguientes de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
6. Sexta.- Sistema selectivo.
6.1. Sistema de selección.
La selección de los aspirantes se realizará a través del sistema de concurso-oposición en turno
libre.
6.2. Motivación del sistema de selección.
La elección de este sistema se fundamenta en la naturaleza de la plaza y de las funciones a
desempeñar en el puesto de trabajo, siendo, por tanto, el sistema de concurso-oposición el
más adecuado porque permite aprovechar, valorándolas de forma limitada y proporcionada, la
titulación y la formación complementaria acreditadas por los aspirantes, ajustándose con ello a
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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