Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabeza del Buey. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00647/2024)
Bases y convocatoria para la provisión de una plaza vacante de personal laboral fijo de Encargado General de Obras y Servicios
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Ayuntamiento de Cabeza del Buey

Anuncio 647/2024

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará resolución declarando
aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. La resolución se publicará en el Boletín
Oficial de la Provincia y tablón de edictos físico y electrónico y contendrá la composición del
Tribunal Calificador, el orden de actuación de los aspirantes, el lugar o lugares, fecha y hora del
comienzo de los ejercicios y la relación nominal de aspirantes admitidos y excluidos, con
indicación de las causas de su exclusión.
El plazo de subsanación de los defectos de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, será de diez días a contar desde el siguiente a la fecha de la
publicación de la mencionada resolución.
Se podrá promover la recusación de miembros del Tribunal, siempre que medie causa legal
para hacerlo, durante ese mismo plazo.
Transcurrido dicho plazo, las reclamaciones, si las hubiera, serán aceptadas o rechazadas
mediante resolución de la Alcaldía, que se hará pública en el tablón de edictos físico y
electrónico, (https://cabezadelbuey.sedelectronica.es) del Ayuntamiento de Cabeza del Buey y
en el Boletín Oficial de la Provincia.
En dicha resolución se indicará la relación nominal definitiva de admitidos y excluidos, con
indicación de las causas de su exclusión. Igualmente se publicará el lugar o lugares, fecha y
hora del comienzo de los ejercicios
Si en la fecha de celebración de las pruebas no se hubiera resuelto el recurso formulado, los
aspirantes afectados podrán realizar el examen, si bien éste no tendrá validez en el caso de ser
desestimado el mencionado recurso. El hecho de figurar en la relación de admitidos no
prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en el
procedimiento que se convoca mediante la presente resolución.
4.3. Reclamaciones, errores y rectificaciones.
La publicación de la resolución por la que se declare aprobada la lista de admitidos y excluidos
será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos. Los errores
de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En el
supuesto de que, por circunstancias excepcionales, se hubiese de modificar el lugar, la fecha o
la hora de celebración del primer ejercicio, deberá publicarse en el tablón de edictos físico y
electrónico del Ayuntamiento de Cabeza del Buey.
5. Quinta.- Composición, constitución y actuación de los órganos de selección.
5.1. Designación.
Su designación se efectuará en la resolución a que se refiere la base anterior, apartado 1,
procurando promover la presencia equilibrada de mujeres y hombres en el mismo. La
pertenencia al Tribunal será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en
representación o por cuenta de nadie. Para su constitución y actuación válida se requerirá la
presencia, en todo caso, del presidente/a y secretario/a o en su caso, de quienes les sustituyan,
y de al menos la mitad más uno de sus miembros, titulares o suplentes.
5.2. Composición.
El Tribunal contará con un Presidente/a, un Secretario/a y 3 vocales, funcionarios de carrera o
personal laboral de las administraciones públicas, debiendo designarse un número de
miembros suplentes no inferior a 3. En caso de ausencia del presidente/a o del secretario/a
titular y de sus suplentes, los titulares designarán de entre los vocales un sustituto que los
suplirá. En el supuesto de que el presidente/a titular no designe a nadie, su sustitución se
realizará de acuerdo con el régimen de sustitución de los órganos colegiados establecido en el
artículo 19 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El
secretario/a tiene voz, aunque no derecho a voto. Los Tribunales continuarán constituidos
hasta tanto se resuelvan las reclamaciones planteadas o las dudas que se puedan suscitar en el
procedimiento selectivo. Las incidencias que puedan surgir respecto a la admisión de
aspirantes en las sesiones de celebración de exámenes serán resueltas por Tribunal, quien
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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